Acuerdo GOV/127/2022, de 21 de junio, por el que se crea el Programa temporal para la tramitación y resolución de los recursos especiales y reclamaciones en materia de contratación pública sometidos al pronunciamiento del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público.
DOGC 8695/2022 de 23 de Junio de 2022
Mediante este acuerdo se crea un Programa temporal para aumentar, por el plazo de 2 años, los efectivos con los que cuenta el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público para poder tramitar y resolver con mayor agilidad los recursos especiales y reclamaciones en materia de contratación pública que tiene atribuidos tanto sobre contratos de la Administración de la Generalitat como de la Administración local, así como las entidades y los organismos que se incluyen en su sector público y tienen la consideración de poderes adjudicadores.
El Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público es un órgano colegiado de carácter administrativo ‒jurisdiccional a efectos del planteamiento de una prejudicialidad comunitaria ex artículo 267 del TFUE‒, que ejerce sus funciones con plena independencia, objetividad e imparcialidad, sin estar sujeto a ningún vínculo jerárquico ni a instrucciones de ningún tipo de los órganos de las administraciones públicas afectadas.
Sus funciones son, por una parte, resolver recursos especiales en materia de contratación interpuestos contra las administraciones públicas y el resto de entes, entidades y organismos que tienen la consideración de poderes adjudicadores según la LCSP y, de la otra, la resolución de las reclamaciones interpuestas contra las entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, a los efectos del Real decreto legislativo 3/2020, así como la adopción de las correspondientes medidas provisionales en el marco de los procedimientos de recurso especial y reclamación.
Las funciones del Tribunal abarcan la actividad contractual de la Administración de la Generalitat y de la Administración local integrada en su territorio, incluidas las entidades y los organismos que forman parte de su sector público respectivo que tienen la consideración de poderes adjudicadores.
La irrupción de las directivas de cuarta generación en materia de contratación pública, la evolución normativa y jurisprudencial y el crecimiento exponencial de los recursos y reclamaciones sometidos al conocimiento del Tribunal, sumados a las diferentes rotaciones de personal que ha experimentado desde su creación, en el año 2014, lo han llevado hasta el momento actual a una situación de congestión que no permite cumplir la misión que tiene encomendada, de conformidad con las directivas comunitarias de recursos, de dar respuesta ágil y eficaz al control de la legalidad de la actividad contractual de los poderes adjudicadores del sector público de Cataluña.
Ante esta situación, resulta necesario articular un plan de contingencia para dotar al Tribunal de los recursos necesarios para resolver los asuntos que están pendientes de pronunciamiento, resituar los plazos de resolución de los recursos y reclamaciones que se interponen de forma constante, y atender debidamente los recursos y reclamaciones que afectan licitaciones financiadas con fondos Next Generation EU, respecto a los que el Real decreto ley 36/2020 dispone plazos de tramitación y resolución ad hoc y establece imperativamente su carácter urgente y de preferencia absoluta ante los órganos competentes para resolver correspondientes.
Con esta finalidad, el Tribunal necesita incrementar temporalmente los efectivos del equipo de trabajo técnico mediante la creación de un programa temporal, para dar cumplimiento a la implementación de los objetivos mencionados.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Economía y Hacienda, el Gobierno
Acuerda:
Crear el Programa temporal para la tramitación y resolución de los recursos especiales y reclamaciones en materia de contratación pública sometidos al pronunciamiento del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público.
La duración del Programa se establece en dos años a partir de su aprobación.
El objeto del Programa es dotar al Tribunal de los recursos necesarios para recuperar y ajustar los plazos de resolución de los recursos especiales y reclamaciones en materia de contratación pública sometidos a su pronunciamiento, incluidos los que afectan a licitaciones financiadas con fondos Next Generation EU.
La dirección de las actuaciones y la adscripción orgánica del Programa corresponden al Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, que se relaciona con el Departamento de Economía y Hacienda mediante la Dirección General de Contratación Pública.
Se adscriben al Programa un máximo de diez dotaciones del subgrupo de clasificación A1 distribuidas en cinco puestos de trabajo de nivel 24.4 y cinco puestos de trabajo de nivel 24.1, que se proveerán, preferentemente, con personal funcionario de la Administración de la Generalitat o de la Administración local de Cataluña, con personal externo y, en cualquier caso, de conformidad con el régimen de limitaciones a los nombramientos y contrataciones temporales vigentes en el ejercicio presupuestario correspondiente.
Las dotaciones adscritas al Programa se financian a cargo de los fondos del capítulo 2 del Departamento de Economía y Hacienda, que se tendrán que transferir a la aplicación presupuestaria específica del capítulo 1 de la sección presupuestaria del Departamento de Economía y Hacienda.
La efectividad de los nombramientos temporales previstos en este Acuerdo queda condicionada a la existencia de crédito suficiente en las partidas presupuestarias con cargo a las cuales se imputan estos nombramientos.
Habilitar al consejero de Economía y Hacienda para autorizar las modificaciones de crédito que sean necesarias para aplicar este Acuerdo.
Disponer la publicación de este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 21 de junio de 2022
Xavier Bernadí Gil
Secretario del Gobierno