COVID-19. Se amplía el plazo para que los ayuntamientos de La Rioja presenten la documentación correspondiente a las inversiones del año 2021


Por las restricciones propias de la situación originada por la COVID-19, resulta imposible que muchos ayuntamientos puedan cumplir con el plazo del 10 de mayo 2021 para remitir la documentación correspondiente a las inversiones incluidas en la anualidad 2021 del Plan.

Por ello, se ha acordado ampliar este plazo hasta el 30 de Junio 2021.

Vigencia desde: 20-04-2021

La Orden FOM/42/2018, de 27 de junio, por la que se regula la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, fija un calendario preciso que han de cumplir las entidades locales beneficiarias, referido a la presentación ante la Dirección General de Política Local de los diversos documentos requeridos para la obtención y justificación de la subvención.

Debido a la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19, el Gobierno declaró el estado de alarma en todo el territorio nacional con el fin de afrontar la crisis sanitaria mediante Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, prorrogado en virtud del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre. Por las restricciones propias de la citada situación, resulta inviable el cumplimiento por parte de los Ayuntamientos de la fecha límite del 10 de mayo respecto a la remisión de la documentación correspondiente a las inversiones incluidas en la anualidad de 2021 de dicho Plan, por lo que se considera necesario ampliar dicho plazo.

Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Política Local, previos los trámites preceptivos y conforme a las funciones asignadas en el Decreto 44/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, apruebo la siguiente,

ORDEN

Artículo único. 
Modificación de la Orden FOM/42/2018, de 27 de junio, por la que se regula la gestión del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Uno. Se incluye una disposición transitoria tercera con la siguiente redacción:

"Disposición transitoria tercera. 
Ampliación de plazos para la anualidad de 2021 del Plan de Obras y Servicios Locales.

Con carácter excepcional, en relación a las inversiones incluidas en la anualidad de 2021 del Plan de Obras y Servicios Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se amplía hasta el día 30 de junio la fecha límite establecida en el artículo 5.1 de la Orden FOM/42/2018, de 27 de junio, por la que se regula la gestión del Plan de Obras y Servicios de la Comunidad Autónoma de La Rioja."

Disposición final. 

Disposición final única. 
Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Logroño a 15 de abril de 2021.- El Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, Pablo Rubio Medrano.