Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de octubre de 2021 por el que se aprueba el Plan Consolidado de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19 y se establecen los niveles de alerta sanitaria que se tenían que aplicar a cada una de las islas
BOIB 136/2021 de 5 de Octubre de 2021
A partir del 5 de octubre de 2021 los niveles de alerta sanitaria aplicables en las Islas Baleares son los siguientes:
- Mallorca: nivel de alerta sanitaria 1.
- Menorca: nivel de alerta sanitaria 1.
- Eivissa: nivel de alerta sanitaria 2.
- Formentera: nivel de alerta sanitaria 2.
Asimismo, se aprueba el nuevo Plan Consolidado de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19, que suaviza el conjunto de medidas de prevención del contagio. Así, por ejemplo, se eliminan aquellas restricciones de aforos que se venían imponiendo a muchas actividades, salvo aquellas en que, por razón de las mismas características de la actividad y del espacio donde se desarrolla sea recomendable mantener una ligera restricción de los aforos, como es el caso de la actividad de restauración en interiores. Además, dejan de aplicarse determinadas medidas de prevención concretas, como las que sometían a controles especiales los acontecimientos o actividades multitudinarias no tipificadas en concreto.
Otras medidas prescindibles, pueden afectar a los acontecimientos deportivos con presencia de público, con un tratamiento mucho más permisivo que el que hasta ahora se mantenía. También es el caso de las actuaciones de corales o grupos de canto.
Las medidas contenidas en este Plan están vigentes desde su publicación hasta el 27 de octubre de 2021, salvo las excepciones previstas respecto de las medidas relativas a locales con actividad de discoteca, sala de fiesta o sala de baile.