COVID-19. Obligación de relacionarse por medios electrónicos en los procesos selectivos de personal de la Junta de Andalucía y otras medidas


Decreto Ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19).

Vigente desde 22/10/2020 | BOJA Ext.67/2020 de 22 de Octubre de 2020

Para paliar los efectos provocadas por el COVID-19 tanto a nivel económico como social, se adoptan en Andalucía nuevas medidas de carácter extraordinario y urgente en diversos ámbitos:

- se establece la obligación de relacionarse exclusivamente a través del medios electrónicos con la Administración General de la Junta de Andalucía en los procedimientos selectivos de acceso, provisión de puestos y bolsas de trabajo, si bien esta medida no es de aplicación a los procedimientos que se hubieran iniciado antes del 22 de octubre de 2020;

- se incluye en la regulación del Bono Turístico, como elemento de mediación a través del cual realizar la contratación de los servicios de alojamiento objeto de la citada subvención, a las agencias de viajes andaluzas que prestan sus servicios a través de la sociedad de la información;

- se amplía la vigencia del distintivo turístico «Andalucía Segura», destinado a identificar aquellos servicios turísticos y actividades con incidencia en el ámbito turístico de Andalucía que garanticen el cumplimiento de las medidas contenidas en la Guía Práctica de Recomendaciones dirigidas al sector turístico, hasta el 9 de diciembre de 2021;

- se incrementa el importe de las subvenciones previstas en el Capítulo I del Decreto-ley 24/2020, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan medidas en materia de empleo y servicios sociales, como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19).