COVID-19. Nuevo sistema de aplicación de medidas preventivas y suspensión de las restricciones en la Región de Murcia


Orden de 15 de febrero de 2022 de la Consejería de Salud, por la que se suspende la aplicación del sistema de publicación de niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas restrictivas establecidas para los diferentes sectores de actividad en la Orden de 1 de junio de 2021, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria por COVID-19 en la Región de Murcia, así como las medidas generales y sectoriales aplicables a los sectores de actividad en atención al nivel de alerta sanitaria y en su Orden de aplicación de 8 de febrero de 2022.

BORM 38/2022 de 16 de Febrero de 2022

Esta norma suspende el sistema de publicación de niveles de alerta y todas las medidas restrictivas aplicadas hasta la fecha en atención a dichos niveles.

No obstante, mantiene el uso obligatorio de mascarilla en los espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, en el transporte y en los eventos multitudinarios que se celebren en el exterior cuando los asistentes estén de pie o cuando, estando sentados, no se pueda respetar, al menos, la distancia de 1,5 m de seguridad interpersonal.

Asimismo, incluye recomendaciones preventivas que eviten la propagación del COVID-19, entre otras las siguientes:

- uso de gel hidroalcohólico y ventilación frecuente de espacios cerrados.

- durante el consumo de comida y bebida en el interior de locales, retirar la mascarilla tan solo en el momento de la ingesta.

- evitar las aglomeraciones de personas, en especial cuando no se pueda guardar una distancia de seguridad interpersonal.

- establecer circuitos de deambulación de personas que eviten las aglomeraciones en zonas comunes en eventos y actividades en establecimientos cerrados.

Vigencia desde: 16-02-2022

A partir del marco normativo establecido por la Orden de 1 de junio de 2021, de la Consejería de Salud, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria por COVID-19 en la Región de Murcia, así como las medidas generales y sectoriales aplicables a los diferentes sectores de actividad en atención al nivel de alerta sanitaria, se han ido estableciendo desde entonces numerosas órdenes semanales en las que se publicaba el nivel de alerta sanitaria tanto de la región en su conjunto, como de todos y cada uno de los municipios de la misma.

Entre las medidas que se han venido aplicando durante las últimas semanas, hay que destacar las medidas y recomendaciones contenidas en la Orden de 1 de febrero de 2022, que fueron introduciendo determinadas modulaciones en las restricciones, en atención a la mejora de la evolución de la situación epidemiológica generada por la transmisión del COVID-19 en la Región de Murcia, y ello de conformidad con las indicaciones de los servicios técnicos competentes de esta Consejería. Estas medidas fueron a su vez modificadas puntualmente y prorrogadas mediante orden de 8 de febrero de 2022, que es la última orden ejecutiva publicada hasta la fecha.

Entre estas medidas adoptadas, dirigidas a regular fundamentalmente la ocupación máxima y condiciones de funcionamiento de los distintos tipos de actividades y establecimientos dirigidos al público, destacaba, por su repercusión en la organización de los mismos y en la esfera jurídica de los ciudadanos, la posibilidad otorgada a los titulares de los establecimientos y actividades de hostelería, restauración, celebraciones de toda índole, ocio nocturno y fiestas que impliquen música y consumo de alimentos y bebidas, de solicitar a sus clientes la acreditación de una determinada situación epidemiológica, a fin de poder aumentar la ocupación máxima del interior de sus locales.

Dicha medida que suponía una afectación los derechos fundamentales de los ciudadanos fue sometida a autorización judicial, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10.8 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. La autorización previa fue otorgada mediante auto favorable núm. 35/2022, de 3 de febrero, del Pleno de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, hasta las 23.59 horas del día 25 de febrero de 2022, sin perjuicio de preverse expresamente que dicha medida podía ser modificada, flexibilizada o dejada sin efecto si así lo requiere la gestión de la enfermedad en nuestra Región.

A partir de comienzos de febrero, se fue acentuando la mejoría de la situación epidemiológica y asistencial, observada por los servicios técnicos de la consejería que posibilitaron la publicación de una nueva orden de 8 de febrero de 2022, por la que se suavizaron aún más algunas de las medidas contenidas en la orden de 1 de febrero, y que fundamentalmente afectaban a la ampliación del aforo máximo permitido para el conjunto de sectores de actividad y también específicamente para la restauración, celebraciones y ocio nocturno cuando los titulares de los establecimientos optasen por exigir a sus clientes el pasaporte COVID, en cuyo caso se podría alcanzar en el interior hasta el 100% de su aforo.

Con fecha 14 de febrero, ha sido elaborado nuevo informe por parte del Servicio de Epidemiología de esta Consejería, en el que se describe la situación actual generada por la pandemia por COVID-19 en la Región de Murcia. En particular, dicho informe refleja que la tasa de incidencia en la semana 06 a los 14 días ha sido de 1772.1/100000 habitantes, con un descenso del 45.8% respecto a la semana anterior), pese a lo que todavía sigue mostrando valores elevados y muy superiores al dintel del nivel de riesgo muy alto o extremo determinado por superar los 500 casos por 100000 habitantes.

En el momento actual, todos los municipios se encuentran en un nivel de transmisión muy elevado. La Región de Murcia se encuentra en un nivel de riesgo 3 que corresponde a alto, habiendo disminuido desde la semana anterior de muy alto (4) a alto (3). No obstante, observando la evolución se ha detectado un descenso muy pronunciado de las tasas de incidencia en los últimos 14 días y más acusadas todavía en los últimos 7 días, por lo que el nivel de riesgo ajustado tanto de la Región de Murcia como de los municipios se puede considerar medio.

Todos los grupos de edad también presentan un riesgo de transmisión muy elevado, tanto en la tasa de incidencia a los 14 días, como en la más reciente a los 7 días. A causa de la vacunación, el efecto de la edad según grupos de edad sigue siendo desigual, el grupo de edad mayor de 64 años es el que menos incidencia acumulada a los 14 días presentan en la semana 06 de 2022 (1076.3 por 100 000 habitantes), mientras que el grupo que más IA presenta es el de 13 a 19 años con una incidencia acumulada a los 14 días de 2609.4 por 100 000 habitantes seguido del grupo de 3-12 años y 0-2 años. Los grupos de menores, adolescentes y adultos jóvenes (menores de 50 años) presentan tasas muy elevadas, y por tanto incrementan el riesgo de trasmisión y reactivación de la sexta ola en la población.

Los indicadores epidemiológicos de transmisión del virus y, por ende, del riesgo basal de infección, se mantienen elevados. El porcentaje de positividad en las pruebas realizadas para la detección del virus sigue muy elevado, situándose en la semana 06 de 2022 en una media semanal del 20.8%. El 14 de febrero 2022 ha presentado un valor de 8.95% manteniéndose en riesgo muy alto (mayor del 15%), aunque en franco descenso.

Esta expansión de la diseminación del virus entre la población y del incremento en el número de contagios en la sexta ola, también se manifestó en los indicadores que miden la capacidad asistencial hospitalaria, tanto de plazas de hospitalización ordinarias como en la ocupación en UCI.

En la semana 06 de 2022, el porcentaje de camas de hospitalización ocupada por pacientes con COVID-19 es del 12.3%, habiendo disminuido un 21% en relación a la semana anterior. La tasa de nuevos ingresos diarios en hospitalización convencional se sitúa en el 20.9 nuevos ingresos por cada 100000 habitantes, siendo en la semana 05 de 2022 del 28.5%. El porcentaje de camas de UCI ocupadas por pacientes COVID-19 alcanza 14.83%, mientras que la tasa de nuevos ingresos diarios en camas de UCI presenta un valor de 2.1 por cada 100000 habitantes. Los 4 indicadores asistenciales muestran un descenso en la última semana pero con valores todavía elevados.

A partir de esta situación epidemiológica y ante la rápida mejoría relativa puesta de manifiesto por los técnicos competentes de esta Consejería, resulta posible en estos momentos proceder a la suspensión temporal del sistema de publicación de niveles de alerta establecido en la citada orden de 1 de junio de 2021 y, en consecuencia, a la suspensión de todas las medidas restrictivas, contenidas en esta orden y en su última orden de aplicación de 8 de febrero de 2022, que impliquen prohibiciones, límites de aforo o de personas, exigencia de pasaporte COVID, autorizaciones o declaraciones responsables y, en general, cualquier limitación o restricción de cualquier índole. No obstante, será imprescindible monitorizar de manera constante el resultado de esta suspensión de medidas restrictivas, como un paso previo a su posible derogación o, en su caso, a la necesidad de adoptar nuevas medidas de limitación o restricción si la situación epidemiológica lo requiere.

No obstante, se considera conveniente mantener todas aquellas recomendaciones de carácter higiénico-preventivo dirigidas a la población en general y a todos los sectores de actividad que favorezcan un mejor control del virus evitando su propagación. Estas medidas deben convertirse en una herramienta esencial para evitar un mayor incremento de contagios, siendo además en muchos casos gestos y medidas sencillas cuyo respeto y aceptación por parte de todos los ciudadanos pueden contribuir significativamente a mitigar la circulación del SARS-CoV-2.

Entre otras, se recuerda también la importancia del uso de gel hidroalcohólico y la ven?tilación frecuente de espacios cerrados, tanto en el ámbito del hogar como en el ámbito público, a efectos de evitar concentraciones de aerosoles que incrementen el riesgo de contagio. También se recomienda que cuando se produzca consumo de comida y bebida en el interior de locales, la mascarilla se retire únicamente en el momento de la ingesta. En la medida de lo posible, también se deberán evitar las aglomeraciones de personas, tanto al aire libre como en el exterior, en especial cuando no se pueda guardar una distancia de seguridad interpersonal. En el desarrollo de cualesquiera eventos y actividades que se produzcan en establecimientos cerrados, se recomienda establecer circuitos de deambulación de personas que eviten las aglomeraciones en zonas comunes.

Igualmente, se reitera la obligatoriedad del uso de mascarilla siempre que se realicen actividades en el interior de los establecimientos, así como en el exterior cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad con otras personas, en los términos previstos en la legislación estatal vigente.

Esta Orden se adopta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1 del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, según el cual la Región de Murcia tiene atribuida la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de sanidad, higiene, ordenación farmacéutica y coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 16 del artículo 149.1 de la Constitución, siendo la Consejería de Salud el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las citadas materias, en virtud del artículo 11 del Decreto del Presidente 34/2021, de 3 de abril, de reorganización de la Administración Regional.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6. j) de la Ley 4/1996, de 26 de julio, de salud de la Región de Murcia y de la Disposición adicional tercera del Decreto-Ley 7/2020, de 18 de junio, de medidas de dinamización y reactivación de la economía regional con motivo de la crisis sanitaria (COVID-19), a propuesta del Director General de Salud Pública y Adicciones,

Dispongo:

Artículo 1. 
Suspensión del sistema de publicación de los niveles de alerta sanitaria en la Región de Murcia y de las medidas restrictivas aplicables a los diferentes sectores de actividad.

1. Se suspende la aplicación del sistema de publicación de niveles de alerta sanitaria, tanto regional como municipal, fijado en la Orden de 1 de junio de 2021, de la Consejería de Salud, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria por COVID-19 en la Región de Murcia, así como las medidas generales y sectoriales aplicables a los diferentes sectores de actividad en atención al nivel de alerta sanitaria.

2. Suspender, en consecuencia, la aplicación de las medidas restrictivas vigentes que impliquen prohibiciones de actividad, limitaciones de horario, de aforo o del número de personas, exigencia de autorizaciones o declaraciones responsables, requerimientos del pasaporte COVID y, en general, toda limitación de derechos de cualquier índole, establecidos en la citada Orden de 1 de junio de 2021 y en su Orden de aplicación de 8 de febrero de 2022 de la Consejería de Salud, por la que se prórroga y modifica la Orden de 1 de febrero de 2022, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios y se establecen las medidas restrictivas y recomendaciones adicionales aplicables.

Artículo 2. 
Uso de la mascarilla.

El uso de la mascarilla resultará obligatorio en los espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, en el transporte y en los eventos multitudinarios que se celebren en el exterior cuando los asistentes estén de pie o cuando, estando sentados, no se pueda respetar, al menos, la distancia de 1,5 m de seguridad entre personas, salvo convivientes, en los términos establecidos en el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Artículo 3. 
Recomendaciones de higiene y prevención aplicables al conjunto de ciudadanos y a los diferentes sectores de actividad.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, como herramientas preventivas para evitar la propagación del virus, se formulan y reiteran las siguientes recomendaciones de prevención e higiene dirigidas a la población en su conjunto y a todos los sectores de actividad, regulados en el Acuerdo de 19 de junio de 2020, relativo a las medidas de prevención y contención aplicables en la Región de Murcia para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 tras la finalización del estado de alarma y para la fase de reactivación, y en la Orden de 1 de junio de 2021 de la Consejería de Salud:

3.1 Se recomienda el uso de gel hidroalcohólico y la ventilación frecuente de espacios cerrados, tanto públicos como privados, priorizando la ventilación natural frente a la mecánica.

3.2 En los espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, será obligatorio el uso de la mascarilla en todo momento. En los casos en que se produzca consumo de comida o bebida durante el desarrollo de cualquier evento o actividad, se admitirá la retirada de la mascarilla únicamente durante la ingesta de alimentos o bebidas.

3.3 En la medida de lo posible, se deberán evitar las aglomeraciones espontáneas de personas, tanto al aire libre como en el exterior, en especial cuando no se pueda guardar una distancia de seguridad interpersonal. En el desarrollo de cualesquiera eventos y actividades que se produzcan en establecimientos cerrados, se recomienda establecer circuitos de deambulación de personas que eviten las aglomeraciones en zonas comunes.

Artículo 4. 
Eficacia y entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor a las 00.00 del día 16 de febrero de 2022 y mantendrá sus efectos hasta la publicación de una nueva orden que la sustituya, sin perjuicio de que pueda ser modificada, flexibilizada o dejada sin efecto, total o parcial, en función de la evolución de la situación epidemiológica regional.

Murcia, 15 de febrero de 2022. El Consejero de Salud, Juan José Pedreño Planes.