COVID-19. Nuevas medidas preventivas en la Comunidad Valenciana


Resolución de 8 de mayo de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

DOGV 9080/2021 de 8 de Mayo de 2021

Entre un amplio abanico de medidas sectoriales, esta norma regula las siguientes:

- Se limita el aforo al 75% en establecimientos y locales comerciales y de prestación de servicios, eventos, velatorios y entierros, mercadillos, sedes festeras, zonas comunes de hoteles, albergues turísticos, casas rurales y similares.

- Locales comerciales y las superficies comerciales cuya actividad sea la venta de productos: su horario se adapta al horario de circulación de las personas que se establezca en cada momento.

- Mercados de venta no sedentaria: los ayuntamientos deben establecer requisitos de distanciamiento entre puestos con el objetivo de mantener la distancia de seguridad entre trabajadores, clientes y viandantes.

- Establecimientos de hostelería y restauración: se permite el aforo máximo en terrazas y se limita al 50% en el interior. Se fija el horario de cierre a las 23:30 horas y la ocupación máxima de mesas en 10 personas salvo convivientes.

- Discotecas y similares: se suspende su actividad propia pero se les permite realizar actividades de restauración y hostelería compatibles con su licencia o autorización.

- Venta  y consumo de alcohol: se prohíbe la venta entre las 22:00 y las 8:00 horas y su consumo en la vía pública las 24 horas del día, salvo en los establecimientos de hostelería y restauración en ambos casos.

- Transporte público y privado: se permite la ocupación máxima, salvo en vehículos que solo dispongan de una fila de asientos y en las prácticas de vehículos de autoescuela en los que solo se permiten 2 personas por fila de asientos.

Estas medidas producen efectos desde las 0:00 horas del 9 de mayo hasta las 00:00 horas del  24 de mayo de 2021.

Vigencia desde: 09-05-2021

Primero. 
Medidas de cautela, seguridad e higiene.

Segundo. 
Medidas específicas por actividades, servicios y sectores, en materia de salud pública.

Tercero. 
Medidas vigentes y medidas que quedan sin efecto.

Cuarto. 
Colaboración.

Quinto. 
Régimen sancionador.

Sexto. 
Eficacia y vigencia.