Resolución SLT/915/2022, de 31 de marzo, por la que se establecen las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
Vigente desde 01/04/2022 | DOGC 8639/2022 de 1 de Abril de 2022
Esta norma establece la prórroga hasta el 28 de abril de 2022 y modifica las medidas vigentes contenidas en la Resolución SLT/541/2022.
La modificación consiste, por un lado, en la supresión de determinadas medidas como consumo de alimentos y bebidas entre las 01:00 y las 6:00 horas en concentraciones en espacios públicos o fuera del ámbito de los servicios de restauración; uso compartido de bebidas alcohólicas en la vía pública y espacios abiertos al público, y venta de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales entre las 22:00 y las 6:00 horas. También se suprimen la obligación de concretar de forma individual servicios personales que impliquen contacto personal cercano y las medidas del ámbito de actuación policial y se revisa la regulación de determinados ámbitos sectoriales en los que se ha dejado sin efecto el correspondiente plan sectorial.
Por otro lado, como novedad, en las competiciones deportivas se permite el consumo de alimentos mientras el público permanezca sentado.
Paralelamente, la norma opta por el mantenimiento del resto de medidas, como las de higiene y prevención generales correspondientes al deber de protección individual y colectivo establecido para la ciudadanía y las personas titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o que se encuentre abierto al público. También, para determinados sectores de actividad, se siguen aplicando los planes sectoriales específicos y protocolos organizativos aprobados por el Comité de Dirección del Plan especial de emergencias por pandemias en Cataluña. Asimismo, se prolongan las restantes medidas de prevención que afectan a las condiciones de ejercicio de diversas actividades, en función del riesgo de transmisión que comporten.