COVID-19. Nivel de alerta sanitaria 1 y medidas aplicables para la fase de nueva normalidad en Extremadura


Resolución de 23 de septiembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 22 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se alzan las medidas de intervención administrativa relativas al Nivel de Alerta Sanitaria 2 en la Comunidad Autónoma de Extremadura y, se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 1 en el ámbito de toda la Comunidad Autónoma con la adopción de medidas de intervención administrativa excepcionales temporales en dicho nivel de alerta.

DOE Ext 23/2021 de 23 de Septiembre de 2021

La reducción de los contagios por COVID-19, permite al gobierno de Extremadura flexibilizar las restricciones sanitarias vigentes en su territorio. Por este motivo, se declara el nivel de alerta 1 y se alzan las medidas de intervención administrativas relativas al nivel de alerta sanitaria 2.

De este modo, queda sin efectos Acuerdo de 28 de julio de 2021.

Algunas de las medidas aplicables a esta fase de nueva normalidad son las siguientes:

- Se establecen las 3:00 horas como horario de cierre de establecimientos de hostelería y restauración, locales de discotecas, bares de ocio nocturno y locales de juegos y apuestas.

- Se establece un aforo del 75% para eventos deportivos multitudinarios profesionales destinados al público.

Vigencia desde: 23-09-2021

Primero. 
Alzamiento de las medidas de intervención administrativas relativas al Nivel de Alerta Sanitaria 2 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. 
Del Nivel de Alerta Sanitaria 1.

Tercero. 
Adopción de las medidas de intervención administrativa excepcionales temporales aplicables a toda la Comunidad Autónoma de Extremadura con la declaración del Nivel de Alerta Sanitaria 1.

Cuarto. 
Régimen sancionador.

Quinto. 
De la ratificación judicial.

Sexto. 
Efectos.

Séptimo. 
Régimen de recursos.