Orden de 26 de mayo de 2021 por la que se establecen medidas calificadas de prevención para hacer frente a la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia y que precisan de autorización judicial para su eficacia.
DOG 99 Bis/2021 de 28 de Mayo de 2021
Con motivo de la situación epidemiológica en Galicia, se han adoptado las siguientes medidas:
- Se restringe la entrada y salida de personas en los ayuntamientos indicados en el anexo, salvo causas justificadas.
- Las reuniones sociales, en los ayuntamientos relacionados en el anexo, se limitan a las personas convivientes. En el resto de ayuntamientos, se permiten las reuniones sociales con un máximo de 6 personas en espacios cerrados y 10 personas al aire libre.
- Se limita la movilidad nocturna, en los ayuntamientos relacionados en el anexo, entre las 01 y las 06 horas, salvo casos justificados.
Estas medidas resultan aplicables hasta el 12 de Junio de 2021.