COVID-19. Medidas preventivas para los centros educativos en La Rioja


Resolución 105/2021, de 11 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se establecen las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al Covid-19 para los centros educativos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el curso académico 2021/2022.

BOR 160/2021 de 13 de Agosto de 2021

Esta norma aprueba una serie de medidas de aplicación en los centros docentes públicos y privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja autorizados a impartir las enseñanzas no universitarias que son competencia de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud. Los centros docentes privados no concertados deben adecuar estas medidas en el marco de su autonomía.

Entre las medidas aprobadas destacan las siguientes:

- Se debe garantizar la máxima presencialidad para todos los niveles y etapas del sistema educativo al menos en el escenario de nueva normalidad, nivel de alerta 1 y 2. En el nivel de alerta 3 y 4, en el caso excepcional de que no se pudieran cumplir las medidas, se podría pasar a semipresencialidad sólo a partir de 3º de la ESO.

- Se recomienda seguir con la sectorización de los centros.

- El uso de la mascarilla es obligatorio a partir de 6 años de edad con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal o la pertenencia a un grupo de convivencia estable.

- Se recomienda la ventilación cruzada, si es posible de forma permanente.

- En Educación Infantil se establece la organización del alumnado se establecerá en grupos de convivencia estable, formados por la ratio máxima establecida, permitiéndose la interacción entre grupos de un mismo nivel sobre todo en actividades al aire libre en el escenario de nueva normalidad.

- En Educación Primaria la organización del alumnado se establece en grupos de convivencia estable, formados por un máximo de 25 alumnos junto al tutor. En esta etapa es imprescindible mantener la presencialidad. Se permite la interacción entre grupos de un mismo nivel sobre todo en actividades al aire libre en el escenario de nueva normalidad.

La pandemia de Covid-19 ha implicado la necesidad de tomar medidas de prevención y protección que han obligado a un replanteamiento de la organización de múltiples actividades para poder reanudarlas de manera segura. La recuperación de la actividad en los centros educativos se ha adaptado a estas medidas.

En septiembre de 2020 se procedió a la reapertura de la educación presencial, aplicando las medidas adoptadas conjuntamente por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Conferencia Sectorial de Educación sobre la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública frente al Covid-19 para centros educativos durante el curso 2020/2021 del 27 de agosto de 2020 y el documento de Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud de 17 de septiembre de 2020.

A tal efecto, en la Comunidad Autónoma de La Rioja se publicó la Resolución de 6 de agosto de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se dispone la aprobación del Plan de Contingencia General para el inicio del curso 2020/2021 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Dada la situación epidemiológica actual, es necesario mantener las medidas frente al Covid-19 en los centros educativos para el curso 2021/2022 para proteger el derecho a la educación de la infancia y adolescencia, adaptándola a los posibles escenarios que pueden darse en el contexto pandémico en los próximos meses.

Para ello, fueron aprobadas por la Comisión de Salud Pública del Consejo Inter-territorial del Sistema Nacional de Salud, en coordinación con el Ministerio de Educación, con fecha 18 de mayo de 2021, las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al COVID-19 para centros educativos en el curso 2021/2022, complementados con otras medidas transversales y específicas. Estas medidas fueron ratificadas el 2 de junio de 2021 mediante el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, adoptado en coordinación con la Conferencia Sectorial de Educación, sobre la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2021/2022.

La Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, deroga el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, y tiene por objeto establecer medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como prevenir posibles rebrotes tras la expiración de la vigencia del estado de alarma.

En este sentido, dispone su artículo 9, bajo el epígrafe Centros docentes, que las Administraciones educativas deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de los centros docentes, públicos o privados, que impartan las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento de los citados centros que aquellas establezcan.

En cualquier caso, deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que el alumnado y trabajadores puedan cumplir las indicaciones de distancia o limitación de contactos, así como las medidas de prevención personal, que se indiquen por las autoridades sanitarias y educativas.

Por lo expuesto, procede establecer medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al Covid-19 para los centros educativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el curso 2021/2022.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud,

RESUELVE

Primero. 
Objeto

La presente Resolución tiene por objeto establecer las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al Covid-19 que han de aplicar los centros docentes de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el curso 2021/2022, y cuyo texto se incorpora como Anexo en la presente resolución.

Estas medidas, en cuanto que están supeditadas a lo que en cada momento autoricen las autoridades sanitarias, podrán ser objeto de actualizaciones. Dichas actualizaciones se publicarán en la página web de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud EDUCARIOJA.

Segundo. 
Ámbito de aplicación.

Estas medidas serán de aplicación en todos los centros docentes públicos y privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja autorizados a impartir las enseñanzas no universitarias que son competencia de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud. Los centros docentes privados no concertados adecuarán las presentes medidas en el marco de su autonomía, recogida en el artículo veinticinco de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

Tercero. 
Entrada en vigor.

La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja, tal y como establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Logroño a 11 de agosto de 2021.

El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud,

Pedro María Uruñuela Nájera.

ANEXO 

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