COVID-19. Medidas para ejecutar actuaciones y proyectos a financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en Baleares


Decreto-ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Vigente desde 14/04/2021 |

Con este decreto se pretende:

- establecer las medidas extraordinarias y urgentes para el desarrollo de las disposiciones estatales básicas que contiene el RD-ley 36/2020, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y

- fijar las especialidades organizativas y de procedimiento necesarias para simplificar y agilizar la gestión presupuestaria y económica, los procedimientos de subvenciones y de ayudas, la contratación pública y el resto de actuaciones y procedimientos inherentes a la programación y la ejecución de los proyectos que deben financiarse con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia -MMR- y de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa -REACT-EU- respecto de los cuales la Comunidad Autónoma de las Illes Balears sea responsable de su gestión y control.

Son aplicables a los consejos insulares, las entidades locales y a los entes integrantes de su sector público instrumental cuando ejerzan funciones relacionadas con la gestión y la ejecución de las actuaciones financiadas con fondos procedentes del MMR y del REACT-EU, así como también, si procede, del resto de fondos europeos, las normas de este decreto relativas a:

- principios de tramitación;

- proyectos estratégicos y otros instrumentos de planificación, coordinación y gobernanza;

- tramitación de urgencia y despacho prioritario de los procedimientos que comporten expedientes de gasto;

- tramitación de convenios;

- especialidades en materia de subvenciones, contratación pública y personal;

- aplicación de las medidas de este decreto-ley a otras actuaciones; y

- selección de personal funcionario interino en caso de necesidad urgente e inaplazable.

Este decreto prevé también una serie de modificaciones normativas, entre las que destacan las siguientes:

- modificación de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: se atribuye a la JCCA una nueva función relativa al análisis de la sostenibilidad financiera de los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios, y de determinados acuerdos de restablecimiento del equilibrio del contrato;

- modificación de la Ley 20/2006, municipal y de régimen local de las Illes Balears, para introducir la figura de la mutación demanial interadministrativa en los bienes y derechos de dominio público de las entidades locales o sus organismos públicos dependientes.

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