COVID-19. Medidas de financiación y presupuestarias para entidades locales de Álava


Norma Foral 19/2020, de 21 de octubre, por la que se establecen diversas medidas de financiación y presupuestarias para entidades locales de Álava.

BOTHA 121/2020 de 26 de Octubre de 2020

Dado que las medidas adoptadas por las administraciones públicas para hacer frente a la emergencia y al estancamiento de la actividad económica provocado por la crisis del COVID-19 han dado lugar a una caída de la recaudación tributaria, las Juntas Generales de Álava han aprobado modificar el art. 15 de la NF 19/1997, reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava para establecer un mecanismo de ajuste de las entregas a cuenta que perciben las entidades locales que permita en situaciones excepcionales su modificación sin esperar a la liquidación del saldo definitivo al año siguiente.

Por otra parte, ante las dificultades de las entidades locales para implantar con rapidez las medidas para combatir las consecuencias del COVID-19 en aquellos casos en los que ello requiera la aprobación de créditos adicionales, se dispone que dichos créditos se van a tramitar durante los años 2020 y 2021 por decreto o resolución del Presidente de la corporación local sin que les sean de aplicación las normas sobre reclamación y publicidad de los presupuestos.

Por último, se autoriza a la Diputación Foral de Álava a formalizar operaciones activas de crédito a largo plazo con las entidades locales del Territorio Histórico de Álava afectadas por el reajuste del Fondo Foral de Financiación respecto de sus previsiones iniciales.