COVID-19. Exigencia de certificado COVID para el acceso a establecimientos públicos en Ceuta


Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad de Ceuta, de 10 de diciembre de 2021, por el que se aprueban las nuevas medidas sanitarias preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ratificado por Auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sede Sevilla), Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, en Procedimiento Ordinario núm. 886/2021.

BOCC Ext. 94/2021 de 15 de Diciembre de 2021

Entre las medidas que se aprueban destaca la exigencia obligatoria del certificado COVID a las personas mayores de 12 años para el acceso a:

- establecimientos de hostelería con aforo igual o superior a 50 comensales;

- establecimientos de ocio nocturno con aforo igual o superior de 50 usuarios, quedando excluidas las terrazas;

- centros sociosanitarios residenciales para visitantes y acompañantes de los usuarios, quedando excluidos los trabajadores de los mismos;

- centros sanitarios con internamiento para visitantes y acompañantes de los pacientes.

Estas medidas producen efectos hasta el 7 de enero de 2022.

PRIMERO. 
Objeto.

SEGUNDO. 
Ámbito de aplicación.

TERCERO. 
Efectos.

CUARTO. 
Control del cumplimiento de medidas y régimen sancionador.

QUINTO. 
Deberes de cautela y protección.

SEXTO. 
Medidas generales de aplicación en la vía pública.

SÉPTIMO. 
Medidas generales en relación al transporte.

OCTAVO. 
Medidas en ceremonias religiosas.

NOVENO. 
Medidas en celebraciones.

DÉCIMO. 
Medidas en establecimientos y locales comerciales y actividades relacionadas.

DECIMOPRIMERO. 
Hostelería y restauración.

DECIMOSEGUNDO. 
Medidas en el ocio nocturno.

DECIMOTERCERO. 
Medidas en la actividad hotelera y alojamientos turísticos.

DECIMOCUARTO. 
Medidas en las actividades deportivas.

DECIMOQUINTO. 
Medidas en instalaciones deportivas de la Ciudad.

DECIMOSEXTO. 
Parques infantiles y zonas deportivas de uso al aire libre.

DECIMOSÉPTIMO. 
Establecimientos y locales de juego y apuestas.

DECIMOOCTAVO. 
Medidas en bibliotecas.

DECIMONOVENO. 
Medidas en espectáculos.

VIGÉSIMO. 
Medidas en academias, autoescuelas, centros de enseñanza no reglada, centros de formación, museos, exposiciones y guías turísticas.

VIGESIMOPRIMERO. 
Medidas en procesos selectivos presenciales.

VIGÉSIMOSEGUNDO. 
Medidas en sociedades gastronómicas y locales de Asociaciones de vecinos.

VIGESIMOTERCERO. 
Medidas en Centros Socio-sanitarios.

VIGESIMOCUARTO. 
Certificado Covid.

VIGESIMOQUINTO. 
Vigencia de otras medidas sanitarias.

VIGESIMOSEXTO. 
Ratificación judicial.