COVID-19. Actualización del conjunto de medidas de prevención y control en Ceuta


Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación, de la Ciudad de Ceuta, de tres de enero de dos mil veintidós, por el que se aprueban las nuevas medidas sanitarias preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ratificado por Auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sede Sevilla), Sala de lo Contencioso – Administrativo, Sección Primera, en Procedimiento Ordinario Núm. 5 /2022.

Vigente desde 08/01/2022 | BOCC Ext 2/2022 de 7 de Enero de 2022

Mediante este Decreto se deja sin efecto la anterior norma que establecía las medidas de prevención y control de la pandemia, manteniendo unas y actualizando otras para los 15 días siguientes, que pueden relacionarse por sectores, entre otras, las siguientes:

- Las medidas higiénicas generales de protección que regulan el uso de mascarilla, la distancia de seguridad y la adecuada ventilación.

- La regulación del pasaporte COVID y medidas para el transporte público.

- Las medidas de carácter social, en celebraciones (con exigencias del certificado COVID en aforos que superen las 50 personas), actos religiosos y eventos multitudinarios.

- Medidas en establecimientos y locales comerciales y actividades profesionales, y para las celebraciones de juntas de propietarios.

- Medidas para la hostelería y ocio nocturno, rigiendo el certificado COVID para los locales cerrados.

- Medidas para las actividades deportivas, con reducción de aforo y uso de mascarilla obligatoria en eventos federados.

- Medidas para los centros sociosanitarios, regulando las visitas y salidas, tanto de trabajadores como de residentes, exigiendo el certificado COVID para determinados supuestos.

Vigencia desde: 08-01-2022

PRIMERO. 
Objeto.

SEGUNDO. 
Ámbito de aplicación.

TERCERO. 
Efectos.

CUARTO. 
Control del cumplimiento de medidas y régimen sancionador.

QUINTO. 
Deberes de cautela y protección.

SEXTO. 
Medidas generales de aplicación en la vía pública.

SÉPTIMO. 
Medidas generales en relación al transporte.

OCTAVO. 
Medidas en ceremonias religiosas.

NOVENO. 
Medidas en celebraciones.

DÉCIMO. 
Medidas en establecimientos y locales comerciales y actividades relacionadas.

DECIMOPRIMERO. 
Hostelería y restauración.

DECIMOSEGUNDO. 
Medidas en el ocio nocturno.

DECIMOTERCERO. 
Medidas en la actividad hotelera y alojamientos turísticos.

DECIMOCUARTO. 
Medidas en las actividades deportivas.

DECIMOQUINTO. 
Medidas en instalaciones deportivas de la Ciudad.

DECIMOSEXTO. 
Parques infantiles y zonas deportivas de uso al aire libre.

DECIMOSÉPTIMO. 
Establecimientos y locales de juego y apuestas.

DECIMOOCTAVO. 
Medidas en bibliotecas.

DECIMONOVENO. 
Medidas en espectáculos.

VIGÉSIMO. 
Medidas en academias, autoescuelas, centros de enseñanza no reglada, centros de formación, museos, exposiciones y guías turísticas.

VIGESIMOPRIMERO. 
Medidas en procesos selectivos presenciales.

VIGÉSIMOSEGUNDO. 
Medidas en sociedades gastronómicas y locales de Asociaciones de vecinos.

VIGESIMOTERCERO. 
Medidas en Centros Socio-sanitarios.

VIGESIMOCUARTO. 
Certificado Covid.

VIGESIMOQUINTO. 
Vigencia de otras medidas sanitarias.

VIGESIMOSEXTO. 
Ratificación judicial.