Convocatoria del concurso ordinario 2021 para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales de La Rioja reservados a FHN


Resolución 8/2021, de 18 de febrero, de la Dirección General de Política Local, por la que se da publicidad a las convocatorias del concurso ordinario correspondiente al año 2021, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

BOR 37/2021 de 22 de Febrero de 2021

Se han aprobado las bases del concurso ordinario 2021 para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Corporaciones Locales de La Rioja, reservados a funcionarios habilitados nacionales.

No pueden participar en el concurso:

- Los funcionarios inhabilitados o suspendidos en virtud de sentencia judicial o resolución administrativa firme.

- Los funcionarios destituidos, a puestos de la Corporación donde se produjo la destitución.

- Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria.

- Los funcionarios que no lleven dos años en su destino obtenido con carácter definitivo en la Administración.

El plazo para participar es de 15 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOE.

Los funcionarios que deseen participar, deben presentar su solicitud en la Corporación Local donde se encuentre en puesto vacante a concursar.

En el apartado 6 del artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se establece el régimen de provisión de los puestos de trabajo reservados a los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, señalando que el concurso, de ámbito estatal, será el sistema normal de provisión y que existirán dos concursos anuales, el ordinario y el unitario.

En desarrollo de lo establecido en el citado artículo, el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, determina la provisión por concurso de méritos de los puestos de trabajo reservados a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, distinguiendo entre los concursos ordinarios y los concursos unitarios. Esta regulación debe completarse, con las adaptaciones necesarias, con lo establecido por las Órdenes del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 10 de agosto y de 8 de septiembre de 1994, por las que se dictan normas y se aprueban el modelo de convocatoria conjunta y las bases comunes para los concursos ordinarios, de aplicación en cuanto no se opongan a la nueva norma.

Teniendo en cuenta que hasta la presente fecha únicamente se ha recibido en la Comunidad Autónoma las convocatorias aprobadas por la Agrupación de Municipios de Nestares y Torrecilla en Cameros y por el Ayuntamiento de Agoncillo para la provisión, mediante el concurso ordinario, de los puestos de Secretaría-Intervención de los referidos Ayuntamientos; con arreglo a las normas indicadas y a lo previsto en el Decreto 50/1998, de 31 de julio, por el que se establecen los méritos de determinación autonómica, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el Decreto 44/2020 de 3 de septiembre,

RESUELVO

Dar publicidad, mediante anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, a las convocatorias del concurso ordinario correspondiente al año 2021, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con sujeción a las siguientes bases:

Primera. 
Puestos.

Se ofrecen en este concurso los puestos vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en aquellas Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja que han aprobado las bases específicas y la oportuna convocatoria, cuya relación se incluye como anexo I.

Segunda. 
Participación.

1. Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a las subescalas a que se refiere el artículo 92.bis, apartado 2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, pudiendo solicitar únicamente los puestos de trabajo que, según su clasificación, correspondan a la subescala y categoría a que pertenezcan.

Podrán participar, asimismo, los funcionarios no integrados en las actuales subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local, en los términos siguientes.

Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la subescala de Secretaría-intervención.

Los Secretarios de ayuntamientos a extinguir, a Secretarías de ayuntamientos con población que no exceda de dos mil habitantes.

2. En cualquier caso, los funcionarios con nombramiento provisional están obligados a concursar a la totalidad de puestos ofertados en su subescala y categoría.

3. No podrán participar en el concurso:

No obstante, podrán concursar aunque no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, los funcionarios que se encuentren en los supuestos recogidos en el punto 2º de la letra c) del apartado 1 del artículo 27 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Tercera. 
Documentación y plazo para participar.

1. En el plazo de quince días hábiles, a partir de la publicación conjunta de este concurso en el Boletín Oficial del Estado, los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que deseen tomar parte en el mismo, dirigirán a la Corporación Local a cuyo puesto concursen, la siguiente documentación:

2. Los concursantes a dos o más puestos presentarán solicitud y documentación acreditativa de los méritos de determinación autonómica, junto a la de los específicos del puesto correspondiente, en todas las Corporaciones en que soliciten puestos.

Asimismo, los concursantes a dos o más puestos presentarán en el expresado plazo de quince días hábiles, por los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el orden de prelación de adjudicaciones (modelo anexo III) ante la Dirección General de la Función Pública (Secretaría General de Función Pública), o bien a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, Acceda. Procedimiento: orden de prelación de adjudicaciones del concurso ordinario, dirección: (https://sede.administracionespublicas.gob.es/).

El orden de prelación habrá de ser único y comprensivo de la totalidad de los puestos solicitados, y único asimismo si se concursa a una o varias subescalas y categorías. La formulación del orden de prelación, cuyo objeto es evitar la adjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante, no sustituirá en ningún caso a la solicitud de participación dirigida a la Corporación Local convocante.

3. La solicitud de participación y el orden de prelación de adjudicaciones habrán de presentarse con arreglo a los modelos de los anexos II y III.

4. Los requisitos exigidos, así como los méritos alegados, deberán reunirse a la fecha de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública por la que se publiquen las bases del concurso y las convocatorias.

Cuarta. 
Méritos generales.

Los méritos generales de aplicación en este concurso son los acreditados e inscritos en el Registro de Habilitados Nacionales a la fecha de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública por la que se dará publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y su puntuación alcanzará hasta el 80 por ciento del total posible conforme al baremo correspondiente (24 puntos).

Quinta. 
Méritos de determinación autonómica.

Se aplicarán los méritos acreditados que correspondan a los establecidos en el Decreto 50/1998, de 31 de julio (Boletín Oficial de La Rioja número 93, de 4 de agosto de 1998):

1. Méritos objeto de valoración.

2.- Reglas de valoración.

3.- Valoración de los méritos.

4.- Acreditación de los méritos.

Los méritos previstos en estas bases se valorarán a instancia de los interesados, y con arreglo a lo que por ellos se acredite mediante las correspondientes certificaciones, títulos u otros documentos, que habrán de aportar en original o en copia compulsada.

Sexta. 
Méritos específicos.

Los méritos específicos de determinación local, para cada puesto de trabajo, que pueden alcanzar hasta un 5 por ciento de la puntuación total (1,5 puntos), son los que se detallan en el anexo I.

Séptima. 
Valoración de méritos.

1. El Tribunal de valoración comprobará la concurrencia en los concursantes de los requisitos que figuren en la convocatoria, excluyendo a quienes no los reúnan. A continuación puntuará, respecto de los no excluidos, los méritos del siguiente modo:

Méritos generales, hasta un máximo de 24,00 puntos, según la relación individualizada de méritos generales de los habilitados nacionales, acreditados e inscritos en el Registro de Habilitados Nacionales y a los que se dará publicidad a la fecha de publicación conjunta de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.

Méritos específicos, hasta un total de 1,50 puntos, y méritos de determinación autonómica, hasta un total de 4,5 puntos, con base en la documentación acreditativa aportada por los concursantes.

Respecto de los puestos para los que no se haya establecido baremo de méritos específicos, el Tribunal asignará únicamente la puntuación de méritos generales y de los de determinación autonómica.

2. El Tribunal podrá celebrar, si así lo prevé la convocatoria específica respectiva, entrevista con el concursante o los concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. La fecha, lugar y hora de celebración de la entrevista será notificada a los afectados por el Tribunal al menos con seis días de antelación a su celebración.

3. En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el Tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquél que hubiera obtenido mayor puntuación en méritos específicos. De mantenerse el empate, a favor de quien en méritos de determinación autonómica tenga más alta puntuación. De persistir éste, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación, según el orden de enumeración del artículo 32.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. En última instancia el empate se resolverá en base al orden de prelación en el proceso selectivo.

Octava. 
Propuesta de resolución.

Efectuadas por el Tribunal la exclusión y puntuación final de concursantes, elevará al Presidente de la Corporación propuesta de resolución comprensiva de todos los no excluidos y sus puntuaciones ordenados de mayor a menor. Asimismo elevará relación fundada de excluidos.

Novena. 
Resolución.

1. El Presidente de la Corporación resolverá el concurso de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de valoración.

Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos, y deberá comprender, por orden de puntuación, a la totalidad de los concursantes no excluidos.

2. La resolución del concurso será remitida a la Dirección General de la Función Pública, del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Décima. 
Coordinación de nombramientos.

La Dirección General de la Función Pública, transcurrido el plazo al que se refiere la base anterior, procederá a efectuar la coordinación de resoluciones coincidentes a favor de un mismo concursante, con adjudicación final de puestos atendiendo al orden formulado por los interesados en la hoja de prelación y a la puntuación obtenida en cada uno de los puestos afectados.

Undécima. 
Formalización de nombramientos.

De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de adjudicaciones múltiples y de las resoluciones de las Corporaciones en los restantes, la Dirección General de la Función Pública procederá a formalizar los nombramientos y a su publicación, en el plazo de un mes, en el Boletín Oficial del Estado.

Duodécima. 
Plazo posesorio.

1. El plazo de toma de posesión en los destinos obtenidos en el concurso será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de nombramientos en el Boletín Oficial del Estado. Si el destino asignado comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

2. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

3. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Dirección General de Política Local, del Gobierno de La Rioja.

Decimotercera. 
Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán carácter voluntario, no generando en consecuencia derecho alguno al abono de indemnización por traslado.

Decimocuarta. 
Cese y toma de posesión.

1. Las diligencias de cese y de toma de posesión de los concursantes que accedan a un puesto de trabajo de acuerdo con la resolución del concurso, deberán ser comunicadas a la Dirección General de Política Local, del Gobierno de La Rioja, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

2. La toma de posesión determina la adquisición de los derechos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depender el funcionario de la correspondiente Corporación.

Decimoquinta. 
Recursos.

Los actos administrativos delas Corporaciones Locales y de los Tribunales de valoración realizados en el procedimiento del concurso podrán ser impugnados conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso de alzada ante el Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Logroño a 18 de febrero de 2021.

El Director General de Política Local, Ricardo Velasco García.

ANEXO I. 

a) Peticionario: I-DE Redes Electricas Inteligentes, S.A.U., con C.I.F. A95075578.

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Igea. Igea.

c) Finalidad de la instalación: Distribución.

d) Características técnicas: Línea mixta S.C. a 13,2 kV de enlace entre el apoyo 268 de la línea 'Larrate Igea' y el centro de transformación 'Polideportivo Igea', en el término municipal de Igea. La línea consta de un tramo aéreo y de otro subterráneo. El tramo aéreo tendrá su origen en el apoyo número 268 de la línea aérea a 13,2 KV 'Larrate-Igea' y final en el apoyo número 6 de la nueva línea de enlace, con una longitud de 898 metros y conductor 100-AL1/17-ST1A (antiguo 100 A1/S1A) de 116,70 milímetros cuadrados de sección. El subterráneo se inicia en el nuevo apoyo número 6 de la línea de enlace y termina en la celda de línea, existente, del centro de transformación 'Polideportivo Igea' (AT-24.974) con conductor tipo HEPRZ1-12/20 kV de 3(1x240) milímetros cuadrados bajo canalización entubada de 275 metros de longitud y trayectoria según documentación gráfica obrante en el proyecto.

La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación de los mismos.

Para ello la empresa peticionaria solicita así mismo la imposición de servidumbre y urgente ocupación sobre los predios que se relacionan en el Anexo.

Lo que se hace público para que pueda ser examinado el proyecto de la instalación en esta Dirección General, sita en calle Prado Viejo, 62 bis de Logroño, y formularse al mismo las reclamaciones y/o alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, haciendo referencia al expediente AT/0025469.

Asimismo, el proyecto de la instalación podrá ser consultado en formato electrónico en la página (www.larioja.org) en el Área temática Industria y Energía / Energía, y dentro de la misma en Información pública de expedientes.

ANEXO II. 
Concurso Ordinario del año 2021, para provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Solicitud de participación (1)

I. Datos personales

Apellidos ...............................................................................................................................

Nombre ................................................... DNI ....................... NRP ..........................

Domicilio (a efectos de notificación y comunicaciones) ....................................................

Calle y número .................................................................................................................

Código postal y localidad ...................................................................................................

Provincia ....................................................................... Teléfono ...............................

Correo electrónico .............................................................................................................

II. Datos profesionales

Subescala (2) ............................................................... Categoría ................................

Situación administrativa en que se encuentre el concursante ............................................

Destino actual. ....................................................................................................................

Forma y fecha de nombramiento en el destino actual (3) ...................................................

III. Datos del puesto al que se concursa

Entidad Local en que radica el puesto .............................................................................

Provincia ..........................................................................................................................

Denominación del puesto ................................................................................................

Solicita tomar parte en el concurso ordinario de traslado para funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, publicado por Resolución de fecha , de la Dirección General de la Función Pública, al puesto de trabajo arriba indicado, declarando no estar incurso en ninguna de la causas de exclusión indicadas en la base segunda de las comunes, y acompañando la documentación que se especifica al dorso.

Lugar, fecha y firma

Sr. Presidente de la Corporación Local de .............................................................................

(1) Enviar una solicitud al Presidente de cada Corporación Local cuyo puesto se solicite en el concurso. Acompañar, en su caso, los documentos acreditativos del conocimiento de la lengua de la Comunidad Autónoma y la documentación acreditativa de los méritos específicos y de determinación autonómica alegados.

(2) Cumplimentar sólo la subescala y/o categoría que faculta para concursar al puesto a que se refiere la presente solicitud.

(3) Definitivo o provisional.

Documentación que se acompaña.

A) Del conocimiento de la lengua de la Comunidad Autónoma Respectiva.

B) De los méritos específicos.

C) De los méritos de determinación autonómica.

ANEXO III. 
Concurso Ordinario del año 2021, para provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Orden de prelación de adjudicaciones (1)

I. Datos personales:

Apellidos ................................................................................................................................

Nombre .................................................. DNI ........................ NRP .................................

Domicilio (a efectos de notificación y comunicaciones) ....................................................

Calle y número ..................................................................................................................

Código postal y localidad ...................................................................................................

Provincia ................................................................... Teléfono ....................................

II. Datos profesionales:

Subescala/s y categoría/s a que se concursa .....................................................................

Situación administrativa en que se encuentre el concursante ............................................

Destino actual .........................................................................................................................

Forma y fecha de nombramiento en el destino actual (2) ...................................................

Habiendo solicitado tomar parte simultáneamente en distintos concursos de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, publicados conjuntamente por Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha .............................. formula ante esa Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la base tercera.2, de las bases generales de la presente convocatoria, el siguiente orden de prelación para el supuesto de que le fueran adjudicados dos o más de los solicitados:

Número de orden Corporación y provincia Nombre del puesto 1.º 2.º 3.º 4.º 5.º (3)

Fecha y firma

Dirección General de la Función Pública (4).

Subdirección General de .....................................................................................................

(Registro de Entrada de documentos del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, Madrid).

(1) Enviar un solo modelo de orden de prelación que incluya todos los puestos solicitados en el concurso ordinario.

(2) Definitivo o provisional.

(3) Añádanse cuantos números sean precisos en función de la extensión que se desee dar a la prelación.

(4) Si se solicitan puestos en el País Vasco exclusivamente, el presente orden de prelación debe enviarse a la Dirección de Registros Administrativos y de Régimen Local. Departamento de Justicia y Administración Pública. Calle Donostia-San Sebastián, 1. 01010 Vitoria-Gasteiz (Álava).