Concurso ordinario para proveer puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional en Álava


Acuerdo 358/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 14 de junio. Aprobar la convocatoria de concurso ordinario año 2022 para provisión de puestos vacantes en Álava reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

BOTHA 73/2022 de 22 de Junio de 2022

Mediante este acuerdo, la Diputación Foral de Álava convoca concurso ordinario para la provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, vacantes en las entidades locales de su territorio que han aprobado sus bases específicas.

Pueden participar en el concurso los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional a los puestos según su clasificación, subescala y categoría a la que pertenezcan, y además los funcionarios no integrados en las actuales subescalas, pertenecientes a los extinguidos cuerpos nacionales de secretarios, interventores y depositarios de Administración Local que cumplan las siguientes exigencias:

- los secretarios de tercera, a puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención; y

- los secretarios de ayuntamientos «a extinguir», a Secretarías de ayuntamientos con población que no exceda a 2.000 habitantes.

Además, para los funcionarios con nombramiento provisional es obligatorio concursar a la totalidad de puestos ofertados en su subescala y categoría.

 

Estando vacantes puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y aprobadas por las respectivas corporaciones locales bases específicas para su provisión por concurso y acordada su convocatoria por los presidentes de las corporaciones locales interesadas mediante concurso ordinario.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 92 bis y la disposición adicional segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local; Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; y Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero, por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, a propuesta de la Diputada del Departamento de Equilibrio Territorial y previa deliberación del Consejo en sesión celebrada en el día de la fecha.

ACUERDO

Primero 

Convocar concurso ordinario para la provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en las entidades locales del Territorio Histórico de Álava que se relacionan en el anexo III, y de conformidad al extracto de bases y baremos específicos que se incorporan en el anexo IV.

Segundo 

El concurso se desarrollará con arreglo a las siguientes bases que figuran en el anexo 0, donde se incluyen los anexos I y II.

Tercero 

Publicar el presente acuerdo en el BOTHA.

Cuarto 

Contra el Acuerdo que se le notifica, y que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno Foral de la Excma. Diputación Foral de Álava, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Vitoria-Gasteiz, 14 de junio de 2022

Diputado General

RAMIRO GONZÁLEZ VICENTE

Diputada de Equilibrio Territorial

IRMA BASTERRA UGARRIZA

Director de Equilibrio Territorial

JESÚS MARÍA GUINEA DÍAZ DE OTALORA

BASES

Primera. 
Participación

1. Los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional podrán concursar a los puestos de trabajo que, según su clasificación, corresponden a la subescala y categoría a que pertenezcan.

Podrán participar, asimismo, los funcionarios no integrados en las actuales subescalas, pertenecientes a los extinguidos cuerpos nacionales de secretarios, interventores y depositarios de Administración Local, en los términos siguientes:

Los secretarios de tercera, a puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención.

Los secretarios de ayuntamientos «a extinguir», a Secretarías de ayuntamientos con población que no exceda a 2.000 habitantes.

2. En cualquier caso, los funcionarios con nombramiento provisional están obligados a concursar a la totalidad de puestos ofertados en su subescala y categoría.

3. No podrán concursar:

No obstante, podrán concursar, aunque no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier administración pública, los funcionarios que se encuentren en los supuestos recogidos en el punto segundo de la letra c) del apartado 1 del artículo 27 del Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Segunda. 
Documentación y plazo para participar

1. En el plazo de 15 días a partir del siguiente al de publicación conjunta en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), los funcionarios con habilitación de carácter nacional que deseen tomar parte presentarán la siguiente documentación:

Dirigida a cada corporación local a cuyos puestos concursen:

Una instancia por cada puesto, ajustada al modelo que se adjunta como anexo I.

2. En caso de concursar simultáneamente a dos o más puestos, los concursantes formularán orden de prelación de adjudicaciones con arreglo al modelo que figura como anexo II, y lo remitirán tanto al Departamento de Equilibrio Territorial de la Diputación Foral de Álava (Plaza de la Provincia 5, 01005 Vitoria-Gasteiz) como a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco (a través de la siguiente dirección de Internet: https://www.euskadi.eus/servicios/10619) La hoja de prelación habrá de ser única y comprensiva de la totalidad de puestos solicitados, cualquiera que sea la subescala y categoría a que correspondan. La formulación de prelación, cuyo objeto es evitar la adjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante, no sustituirá en ningún caso a la solicitud individualizada dirigida a la corporación local convocante.

3. En aplicación del apartado segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno Vasco de 8 de noviembre de 1988 (BOPV de 12 de noviembre de 1988) la acreditación de los méritos correspondientes a la Comunidad Autónoma que deberán ser valorados, en cada caso, por el Tribunal respectivo, se realizará de conformidad con los siguientes medios:

Tercera. 
Valoración de méritos

1. El Tribunal de Valoración comprobará la concurrencia en los concursantes de los requisitos que figuren en la convocatoria, excluyendo a quienes no los reúnan.

2. A continuación puntuarán, respecto de los no excluidos, los méritos del siguiente modo:

3. Asimismo, el Tribunal podrá celebrar, si así lo prevé, la convocatoria específica respectiva, entrevista con concursante o concursantes que considere conveniente para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica y comprobación, en su caso, del conocimiento del euskera. Para la celebración de la entrevista, el Tribunal notificará a los afectados, al menos con 6 días de antelación, la fecha, hora y lugar de su celebración.

4. En el supuesto de que dos o más concursantes obtuvieran la misma puntuación total, el empate se resolverá en favor del candidato que hubiera obtenido mayor puntuación global por méritos específicos, si estos fueran valorados. De mantenerse el empate, éste se resolverá conforme a la mayor puntuación obtenida por méritos autonómicos. Si continuase el empate, se acudirá a la puntuación por méritos generales, al orden de prelación de los méritos generales según el orden de enumeración del artículo 32 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo y, en última instancia, en base al orden de prelación en el proceso selectivo.

Cuarta. 
Valoración del euskera

1. Corresponde al Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) determinar el contenido y forma de las pruebas de acreditación del conocimiento del euskera, que podrá convocar y realizar de manera conjunta para todos los procesos de concurso.

A tales efectos aquellos/as concursantes que deseen realizar pruebas de acreditación de algún o algunos perfiles lingüísticos, lo harán constar expresamente en la solicitud de participación en este concurso y remitir a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco, su solicitud de realizar la prueba de acreditación del conocimiento de euskera, con indicación del perfil a acreditar. La no comunicación de la voluntad a realizar la prueba relativa a la acreditación del perfil lingüístico supondrá la imposibilidad de realizar dicha prueba.

En ningún caso podrá acreditarse perfil lingüístico superior al que tenga asignado el puesto al que se concursa.

2. Además de por estas pruebas, el perfil podrá acreditarse también mediante certificación expedida por el IVAP o por otros certificados equivalentes, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Esta documentación se adjuntará a la solicitud de participación en el concurso.

3. La valoración del conocimiento del euskera, cuando constituya mérito, se hará de la siguiente forma:

La valoración máxima del mérito del conocimiento del euskera en ningún caso será superior a la prevista en este baremo para el perfil lingüístico que tenga asignado el puesto convocado.

Quinta. 
Exclusiones

El Tribunal de Valoración efectuará las exclusiones de los concursantes que no acrediten el nivel exigido de conocimiento del euskera, cuando éste figure como requisito por tener su fecha de preceptividad vencida.

Sexta. 
Propuesta de resolución

Efectuada por el Tribunal la exclusión y puntuación final de los concursantes, elevará a la corporación relación comprensiva de todos los no excluidos y sus puntuaciones, ordenados de mayor a menor puntuación, así como relación fundada de excluidos.

Séptima. 
Resolución

1. La Corporación formulará propuesta de resolución del concurso de acuerdo con la relación formulada por el Tribunal de Valoración.

2. Dicha propuesta de resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos y comprender, por orden de puntuación, a la totalidad de los concursantes no excluidos.

3. La propuesta de resolución será remitida a la Diputación Foral de Álava dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Octava. 
Coordinación de nombramientos

La Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco llevará a cabo la coordinación precisa para evitar los nombramientos múltiples, con adjudicación final de los puestos atendiendo al orden formulado por las personas interesadas en la hoja de prelación y a la puntuación obtenida en cada uno de los puestos afectados.

La adjudicación final a los concursantes con nombramientos múltiples que no hubieran formulado hoja de prelación se efectuará teniendo en cuenta, en su caso, el puesto que se viniera ocupando con carácter no definitivo.

La Diputación Foral de Álava remitirá la resolución del concurso a la Dirección de Relacionescon las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco.

Novena. 
Formalización de nombramientos

De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de adjudicaciones múltiples y de las propuestas de resolución de las corporaciones en los restantes, la Diputación Foral de Álava procederá a formalizar los nombramientos y a su publicación en el BOTHA.

Décima. 
Plazo posesorio

1. El plazo de toma de posesión en los destinos obtenidos en el concurso será de 3 días hábiles si se trata de puestos de trabajo en la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los 3 días hábiles siguientes a la publicación de los correspondientes nombramientos en el BOTHA.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

2. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

3. Por necesidades del servicio, mediante Acuerdo de los presidentes de las corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de 3 meses. La Presidencia de la Corporación en que haya de tomar posesión deberá dar cuenta que este Acuerdo a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco, y a la Diputación Foral de Álava.

Excepcionalmente, a instancia del interesado y por razones justificadas, podrá también diferirse la toma de posesión, por igual plazo, por Acuerdo entre los presidentes respectivos, dando cuenta a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco, y a la Diputación Foral de Álava.

Undécima. 
Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos

Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán carácter voluntario, no generando, en consecuencia, derecho al abono de indemnización por traslado.

Duodécima. 
Cese y toma de posesión

1. Las diligencias de cese y toma de posesión de los concursantes que accedan a un puesto de trabajo, de acuerdo con la resolución del concurso, deberán ser comunicadas a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco y a la Diputación Foral de Álava, dentro de los 3 días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

2. La toma de posesión determina la adquisición de los derechos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depender el funcionario de la correspondiente corporación.

Decimotercera. 
Recursos

La presente resolución, que es definitiva, pone fin a la vía administrativa, y podrá ser recurrida:

* Por la Administración Pública interesada: directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente a la notificación, a salvo el potestativo requerimiento previo.

* Por la persona interesada: con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, contado desde el día siguiente aquel en que tenga lugar la notificación, o directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de 2 meses contados desde el siguiente día a su notificación.

Sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente de acuerdo con la legislación vigente.

ANEXO I. 
MODELO DE SOLICITUD (1)

I. Datos personales:

Apellidos: ....................................................................................................................

Nombre:..........................................................................................................

Documento Nacional de Identidad:....................................................................

Número de Registro de Personal: .....................................................................

Domicilio (a efectos de notificación y comunicaciones): .........................................

Calle y número: ...........................................................................................................

Código postal y localidad: ..............................................................................................

Provincia ................................. Teléfono ..........................................................................

II. Datos profesionales:

Subescala (2): ............................ Categoría: ..................................................................

Situación administrativa en que se encuentre el/la concursante: ............................

Destino actual: ...............................................................................................................

Forma y fecha del nombramiento en el destino actual (3): .........................................

.........................................................................................................................................

III. Datos del puesto al que se concursa:

Entidad local en que radica el puesto: .........................................................................

Provincia: .......................................................................................................................

Denominación del puesto: ............................................................................................

IV. Perfil lingüístico

¿Desea realizar prueba/s de acreditación del conocimiento del euskera?

SI ? NO ?

Perfil o perfiles lingüísticos que desea acreditar: PL1 PL2 PL3 PL4

Solicita tomar parte en el CONCURSO ORDINARIO para Habilitados de carácter nacional, publicado por Resolución de fecha ...........................("BOPV" de ...........................), al puesto de trabajo arriba indicado, declarando no estar incurso en ninguna de las causas de exclusión indicadas en la base primera de las comunes, y acompañando la documentación que se especifica al dorso.

(Lugar, Fecha y firma)

Sr/a Presidente/a de la Corporación Local de ..................................................................

(1) Enviar una solicitud al/a la Presidente/a de cada Corporación Local cuyo puesto se solicite en el concurso. Acompañar, en su caso, los documentos acreditativos del conocimiento de la lengua de la Comunidad Autónoma y la documentación acreditativa de los méritos específicos y de determinación autonómica alegados.

(2) Cumplimentar sólo la subescala que faculta para concursar al puesto a que se refiere la presente solicitud.

(3) Definitivo o provisional.

(4) Si se desea realizar la prueba relativa a la acreditación del perfil lingüístico se deberá remitir a la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco solicitud de realizar la prueba de acreditación del conocimiento de euskera, con indicación del perfil a acreditar.

(5) Dorso que se cita.

Documentación que se acompaña.

  • A) Del requisito de conocimiento de la lengua de la Comunidad Autónoma respectiva (si ésta figura en las bases específicas): .......................................................................................
  • B) de los méritos específicos: ....................................................................................................
  • C) De los méritos de determinación autonómica: ....................................................................

ANEXO II. 
MODELO DE ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS

(Sólo en los supuestos de solicitud de varios puestos)

I. Datos personales:

Apellidos: ...................................................................................................................................

Nombre: ...................................................................................................................

Documento Nacional de Identidad:...............................................................................

Domicilio (a efectos de notificación): .....................................................................................

Calle y número: ........................................................................................................................

Código postal y localidad: ........................................................................................................

Provincia ................................... Teléfono ....................................................................................

II. Datos profesionales:

Subescala/s y categoría/s a la que se concursa: ........................................................................

Situación administrativa en que se encuentra el/la concursante: .............................................

Destino actual: .........................................................................................................................

Forma y fecha del nombramiento en el destino actual (1): .....................................................

...........................................................................................................................................................

Habiendo solicitado tomar parte simultáneamente en distintos concursos de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional, publicados conjuntamente por Resolución de la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco de fecha ("BOPV" número ......................., de fecha .......................), formula ante esa Dirección y la Diputación Foral de Álava, de acuerdo con lo establecido en la base segunda 2, de las bases generales de la presente convocatoria, el siguiente orden de prelación para el supuesto de que le fueran adjudicados dos o más de los solicitados.

Nº de Orden Corporación y Provincia Nombre del puesto

10º (2)

(Fecha y firma)

Sra. Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco. Vitoria-Gasteiz.

Sr. Director de Equilibrio Territorial - Excma. Diputación Foral de Álava. Vitoria-Gasteiz

(1) Definitivo o provisional.

(2) Añádanse cuantos números sean precisos en función de la extensión que desee dar a la prelación.

ANEXO III. 
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO CONVOCADOS EN CONCURSO ORDINARIO

Subescala: Secretaría-Intervención.

SECRETARÍAS DE TERCERA:

- Asesor Entidades Locales (servicio de asistencia técnica Diputación Foral de Álava).

ANEXO IV. 
EXTRACTO DE BASES Y BAREMOS ESPECÍFICOS

SECRETARIAS DE TERCERA:

* DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA.

Denominación: Asesor/a Entidades Locales.

Adscripción: Servicio Asesoramiento Jurídico (Departamento Equilibrio Territorial).

Grupo: A1

Escala: Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional.

Subescala: Secretaría-Intervención.

Clase: 3ª

Nº de vacantes: 1

Complemento Destino: 25

Complemento Específico: 33.734,55 euros.

Perfil lingüístico: 4, sin fecha de preceptividad.

Entrevista: No procede.

Puntuación Mínima:

Méritos específicos: No se establecen.

Composición del Tribunal de Valoración:

Presidente: Una persona designada por la Diputación Foral de Álava.

Vocales: Persona designada por la Administración de la CAV, que será secretario/a del tribunal.

Funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional de igual o superior subescala a la del puesto convocado.