Concurso ordinario para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional en Castilla y León


Resolución de 16 de mayo de 2023, de la Dirección de Administración Local, por la que se da publicidad a las convocatorias y bases específicas del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en la Comunidad de Castilla y León.

BOCL 98/2023 de 24 de Mayo de 2023

Mediante esta resolución, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, publica la convocatoria y las bases específicas del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional.

Además, indica que las bases y méritos generales deben publicarse por la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública en el BOE, sirviendo para fijar el cómputo de los plazos.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92.bis) 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y de conformidad con lo provisto en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 6/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, esta Dirección de Administración Local,

RESUELVE

Primero. 

Dar publicidad, a las convocatorias del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por los Presidentes de las Corporaciones Locales con puestos vacantes en la Comunidad Autónoma de Castilla y León que se incluyen en el Anexo I de la presente resolución.

Segundo. 

Se han excluido de la presente publicación los puestos de trabajo de Secretaría, Clase 3.ª, de la Agrupación de Soto de Cerrato, Hontoria de Cerrato y Valle de Cerrato, (Palencia) y el de Secretaría, Clase 3ª, del Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación de Burgos, por haber renunciado a su inclusión en plazo.

Tercero. 

Respecto al contenido común de las bases reguladoras, así como los méritos generales aplicables a las mismas esta Resolución se remite a la publicación que se realizará por la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública en el Boletín Oficial del Estado, que servirá de base para el cómputo de los plazos.

Cuarto. 

Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León serán los previstos en el Decreto 185/1994, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León, y son los siguientes

a) Experiencia profesional por los servicios prestados como funcionarios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León o en las entidades locales que formen parte del territorio de ésta.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento realizados en condición de funcionario de carrera, convocados por la Consejería de la Presidencia o, en colaboración con ésta, por otros Centros Oficiales reconocidos de otras Administraciones Públicas, que se refieran a materias de Derecho Autonómico. Se excluirán los cursos que forman parte de los procesos selectivos.

c) Los cursos, seminarios, jornadas y otras acciones formativas distintas a las anteriores convocadas por cualquier Centro Oficial reconocido o Colegio Profesional, en los que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o, en su caso de aprovechamiento, y que versen sobre las materias mencionadas.

d) La actividad docente en las acciones formativas relacionadas en los dos apartados precedentes, así como en Cursos Selectivos en ponencias, seminarios o conferencias relacionadas con esas mismas materias.

e) Publicaciones relativas a la normativa y organización territorial de la Comunidad de Castilla y León.

El Tribunal de valoración puntuará los méritos de determinación autonómica hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con las reglas y criterios siguientes

a) Los servicios prestados se valorarán hasta un máximo de 1 punto, distinguiéndose

Los servicios prestados en puestos de trabajo de superior o igual Grupo funcionarial a aquél al que corresponde la subescala a que se concursa 0,02 puntos/mes.

Los servicios prestados en puestos de trabajo asignados al Grupo de funcionarios inmediatamente inferior al de la subescala a que se concursa 0,01 puntos/mes.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento superados se valorarán hasta un máximo de 1,1 puntos, en función de la relación de la materia con las funciones propias de la subescala y categoría, el grado de dificultad o de especialización, el número de horas lectivas y el sistema de evaluación que se determine. En las convocatorias de los cursos que realice la Consejería de la Presidencia se establecerá la puntuación otorgada a estos efectos.

En el supuesto de que no estuviera determinada la puntuación en la convocatoria del curso, se valorará atendiendo a la carga horaria o duración del mismo, de acuerdo con el baremo siguiente

Entre 25 y 50 horas lectivas 0,10 puntos por curso.

Entre 51 y 100 horas lectivas 0,20 puntos por curso.

Superior a 100 horas lectivas 0,30 puntos por curso.

c) Otras acciones formativas se valorarán aquellas debidamente acreditadas y no valoradas en el apartado anterior, hasta un máximo de 0,3 puntos, atendiendo a su carga horaria o duración, de acuerdo con el siguiente baremo

Entre 25 y 50 horas lectivas 0,03 puntos por curso.

Entre 51 y 100 horas lectivas 0,05 puntos por curso.

Superior a 100 horas lectivas 0,07 puntos por curso.

No se valorarán las acciones formativas cuya duración sea inferior a 25 horas lectivas.

d) La actividad docente se valorará con un máximo de 0,3 puntos, a razón de 0,01 puntos por hora impartida.

e) Publicaciones se valorarán hasta un máximo de 0,3 puntos en función del carácter divulgador o científico, de la extensión, la edición en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo o publicación.

Quinto. 

Los méritos específicos para cada puesto de trabajo son los que se incluyen en el Anexo II de la presente Resolución.

Sexto. 

Esta publicación, en cumplimiento de la normativa de aplicación, se realiza a los exclusivos efectos de publicidad a los puestos convocados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y no supone la apertura del plazo de presentación de solicitudes. El Ministerio Hacienda y Función Pública dispondrá la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un extracto de todas las convocatorias, que servirá de base para el cómputo de plazos, pudiendo salvarse en dicho trámite cualquier error u omisión producidos.

Las convocatorias del concurso ordinario efectuadas por los Presidentes de las Corporaciones Locales, y los actos administrativos de los Tribunales de valoración podrán ser impugnadas conforme a lo previsto en los artículos 121, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Esta resolución, pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes ante esta Dirección, contado desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Valladolid, 16 de mayo de 2023.

El Director de Administración Local,

Fdo.: Emilio Arroita García

ANEXO I. 
Puestos vacantes en la Comunidad Autónoma de Castilla y León

INTERVENCIÓN, CATEGORÍA SUPERIOR

Ayuntamiento de Segovia [02154]

SECRETARÍA, CATEGORÍA ENTRADA

Ayuntamiento de Palencia [01885]

VICESECRETARÍA, CATEGORÍA ENTRADA

Diputación de Segovia [24997]

INTERVENCIÓN-TESORERÍA, CATEGORÍA DE ENTRADA

Ayuntamiento de Arévalo (Ávila) [02917]

Ayuntamiento de Palencia [24473]

VICEINTERVENCIÓN, CATEGORÍA ENTRADA

Ayuntamiento de Segovia [02158]

TESORERÍA

Ayuntamiento de Arévalo (Ávila) [24868]

SECRETARÍA-INTERVENCIÓN

Diputación de Ávila [14098]

Ayuntamiento Onzonilla (León) [07730]

Consejo Comarcal de El Bierzo (León) [24939]

Diputación de Palencia (Cervera de Pisuerga) [14383]

Diputación de Valladolid [21881]

ANEXO II. 
BASES ESPECÍFICAS

INTERVENCIÓN, CATEGORÍA SUPERIOR

PROVINCIA DE SEGOVIA

Entidad / Agrupación y Provincia Ayuntamiento de Segovia.

Denominación y clase del Puesto Intervención, Clase 1ª.

Subescala y Categoría Intervención-Tesorería, Categoría Superior.

Población a 31 de diciembre anterior 50.802 habitantes.

Nivel de Complemento de Destino 30.

Cuantía del Complemento Específico (en su caso) 2.889,97 € mes.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Méritos Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación

1. Experiencia profesional Determinación, conforme acuerdo plenario, de los méritos específicos valorados. Serán valorados en 1,5 puntos como máximo y consisten en lo siguiente

Estar en posesión de Máster Universitario en «Auditoría de cuentas», de al menos 60 créditos ECTS (Sistema europeo de transferencia y acumulación de créditos) o su equivalente.

Medios de acreditación y valoración; mediante la aportación en original o copia compulsada del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación de la formación.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/94, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 165 de 26 de agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Realización de entrevista (optativa) y Previsión gastos de desplazamiento No.

Puntuación Mínima, sólo puede fijarse para puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional de Categoría Superior. Su fijación es optativa No.

Composición del Tribunal de valoración

PRESIDENTE

Funcionario con habilitación de carácter nacional, Tesorera de Fondos. Suplente; Funcionario del Grupo A1 del Área 2 Economía.

VOCALES

Titular Jefa de Servicio de Gobierno Interior y Personal. Suplente Funcionario del Grupo A1 del Área Vocal. Este vocal asumirá las funciones del Secretario.

Titular Funcionaria con habilitación de carácter nacional Secretaria General. Suplente Funcionario del Grupo A1 del Área 1 de Administración.

Funcionario nombrado a propuesta de la Comunidad Autónoma, titular o suplente, si esta desea ejercitar esta facultad o en su defecto, funcionario del Grupo A1 de la Corporación.

Un funcionario de entre los que prestan servicios en la Diputación Provincial con habilitación de carácter nacional, debiendo nombrarse titular y suplente.

En todo caso, la pertenencia al órgano de selección lo será a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Aprobadas las bases específicas por acuerdo plenario de 14 de diciembre de 2020 con motivo de la aprobación provisional de los Presupuestos para el ejercicio 2021, así como plantilla y RPT, entre otros, acuerdo elevado a definitivo en sesión plenaria celebrada el 29 de enero de 2021.

Aprobada la convocatoria por Decreto de la Presidencia de fecha 8 de febrero de 2023.

SECRETARÍA, CATEGORÍA ENTRADA

PROVINCIA DE PALENCIA

Entidad / Agrupación y Provincia Ayuntamiento de Palencia.

Denominación y clase del puesto Adjunto Secretaría, Clase 1ª.

Subescala y Categoría Secretaría, Categoría de Entrada.

Población a 31 de diciembre anterior 76.302 habitantes.

Nivel de complemento de destino 28.

Cuantía del complemento específico 29.044,90 € anual.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Realización de entrevista No.

Previsión gastos de desplazamiento No.

Puntuación mínima, sólo puede fijarse para puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional de Categoría Superior. Su fijación es optativa No.

Méritos Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación

1. Experiencia profesional Por servicios prestados como funcionario de carrera, de la misma subescala y Categoría a la del puesto convocado, como Secretario o puestos de colaboración del mismo en Ayuntamientos, con un máximo de 1,00 puntos

a) En Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León 0,017 puntos/mes.

b) En Ayuntamientos de otras Comunidades Autónomas 0,008 puntos/mes.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento realizados y organizados por administraciones, entidades o instituciones públicas

Por cursos sobre contratación pública, urbanismo aplicable a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, bienes de las Administraciones locales, procedimiento administrativo, régimen jurídico y organización de la Administración Local, transparencia y empleo público, hasta un máximo de 0,50 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo

Entre 50 y 100 horas lectivas 0,03 puntos por curso.

Superior a 100 horas lectivas 0,05 puntos por curso.

Medios de acreditación y valoración todos los méritos deberán acreditarse por certificación del órgano competente, o fotocopia debidamente compulsada del título correspondiente. El Tribunal podrá solicitar aclaraciones a efectos de concreción de los méritos específicos en los supuestos individualizados en que lo considere necesario con notificación a los concursantes afectados de la fecha, hora y lugar de su celebración.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/1994, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León, (B.O.C. y L. número 165, de 26 de agosto de 1994). La valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el mencionado Decreto.

Composición del Tribunal de valoración

Presidente

Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Categoría Superior.

Vocales

Un funcionario perteneciente al Grupo A1 designado por la Junta de Castilla y León.

Secretario. Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Categoría Superior.

Aprobadas las bases específicas por resolución de fecha 10 de febrero de 2023.

Aprobada la convocatoria por resolución de fecha 10 de febrero de 2023.

VICESECRETARÍA, CATEGORÍA DE ENTRADA

PROVINCIA DE SEGOVIA

Entidad / Agrupación y Provincia Diputación Provincial de Segovia.

Denominación y clase de puesto Vicesecretaría, Clase 1ª.

Subescala y Categoría Secretaría, Categoría de Entrada.

Población a 31 de Diciembre anterior 153.663 habitantes.

Nivel de Complemento de Destino 30.

Cuantía del Complemento Específico 2.689,10 euros mensuales.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Realización de entrevista y previsión de gastos de desplazamiento No.

Méritos Específicos, valoración y medios de acreditación No.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Se valorarán los méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que estén incluidos en el Decreto 185/94 de 25 de Agosto de la Junta de Castilla y León (B.O.C.y L. n.º 165 de 26 de Agosto). La valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Composición del Tribunal de Valoración

Presidenta

La Secretaria General de la Diputación de Segovia, funcionaria de Administración Local con Habilitación de carácter nacional.

Vocales

Un funcionario de carrera del Subgrupo A1 designado a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, si desea ejercer esta facultad.

El Interventor de la Diputación de Segovia, funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter nacional.

El Tesorero de la Diputación de Segovia, funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter nacional.

Vocal Secretario, que actuará con voz y voto El Jefe de Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación de Segovia, funcionario de carrera del Subgrupo A1.

(Podrán designarse suplentes en sustitución de los miembros titulares indicados)

Aprobadas las Bases de este Concurso mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Provincial de 25 de enero de 2023.

Aprobada la Convocatoria por Decreto de la Presidencia de fecha 25 de enero de 2023.

INTERVENCIÓN-TESORERÍA, CATEGORÍA ENTRADA

PROVINCIA DE AVILA

Entidad Ayuntamiento de Arévalo.

Denominación y clase del puesto Intervención, Clase 2ª.

Subescala y Categoría Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel de Complemento de destino 26.

Población a 1 de enero de 2022 7.892 habitantes.

Cuantía del Complemento Específico 1.348,08 € mensual.

Realización de entrevista y previsión de gastos de desplazamiento No.

Puntuación mínima, sólo puede fijarse para puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional de Categoría Superior. Su fijación es optativa No.

Méritos Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación No.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/94, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 165 de 26 de agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Composición del Tribunal de Valoración

Presidente/a

Un funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocales

Un funcionario/a a propuesta de la Comunidad Autónoma.

Secretario. Un funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Aprobadas las bases específicas por resolución de fecha 6 de febrero de 2023.

Aprobada la convocatoria por resolución de fecha 6 de febrero de 2023.

PROVINCIA DE PALENCIA

Entidad / Agrupación y Provincia Ayuntamiento de Palencia.

Denominación y clase del puesto Adjunto/a Intervención, Clase 1ª.

Subescala y Categoría Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Población a 31 de diciembre anterior 76.302 habitantes.

Nivel de complemento de destino 28.

Cuantía del complemento específico 29.044,90 €.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Realización de entrevista No.

Previsión gastos de desplazamiento No.

Puntuación mínima, sólo puede fijarse para puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional de Categoría Superior. Su fijación es optativa No.

Méritos Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación

1. Experiencia profesional Por servicios prestados como funcionario de carrera, de la misma subescala y Categoría a la del puesto convocado, como Interventor o puestos de colaboración del mismo en Ayuntamientos, con un máximo de 1,00 puntos

a) En Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León 0,017 puntos/mes.

b) En Ayuntamientos de otras Comunidades Autónomas 0,008 puntos/mes.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento realizados y organizados por administraciones, entidades o instituciones públicas

Por cursos de fiscalización y auditoría de las corporaciones locales, hasta un máximo de 0,50 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo

Entre 50 y 100 horas lectivas 0,10 puntos por curso.

Superior a 100 horas lectivas 0,50 puntos por curso.

Medios de acreditación y valoración Todos los méritos deberán acreditarse por certificación del órgano competente, o fotocopia debidamente compulsada del título correspondiente. El Tribunal podrá solicitar aclaraciones a efectos de concreción de los méritos específicos en los supuestos individualizados en que lo considere necesario con notificación a los concursantes afectados de la fecha, hora y lugar de su celebración.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/1994, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León, (B.O.C. y L. número 165, de 26 de agosto de 1994). La valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el mencionado Decreto.

Composición del Tribunal de Valoración

Presidente

Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Categoría Superior.

Vocales

Un funcionario perteneciente al Grupo A1 designado por la Junta de Castilla y León.

Secretario. Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Categoría Superior.

Aprobadas las bases específicas por resolución de fecha 10 de febrero de 2023.

Aprobada la convocatoria por resolución de fecha 10 de febrero de 2023.

VICEINTERVENCIÓN, CATEGORÍA ENTRADA

PROVINCIA DE SEGOVIA

Entidad / Agrupación y Provincia Ayuntamiento de Segovia.

Denominación y clase del Puesto Viceintervención, Clase 2.ª

Subescala y Categoría Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Población a 31 de diciembre anterior 50.802 habitantes.

Nivel de Complemento de Destino 30.

Cuantía del Complemento Específico (en su caso) 2.087,80 € mes.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Realización de entrevista y previsión de gastos de desplazamiento No.

Puntuación mínima, sólo puede fijarse para puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional de Categoría Superior. Su fijación es optativa No.

Méritos Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación

Determinación, conforme acuerdo plenario, de los méritos específicos valorados en 1,5 puntos como máximo

Desempeño efectivo de puesto de trabajo de Interventor o puestos de funciones de colaboración a la Intervención en municipios de más de 50.000 habitantes. Será valorado en 0,075 puntos/mes hasta un máximo de 1,5 puntos.

La forma de acreditación lo será a través de certificado expedido por la administración o administraciones donde haya desempeñado las funciones a considerar donde se reflejen dichos extremos.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/94, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 165 de 26 de agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Composición del Tribunal de valoración

Presidente

Titular Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Tesorera de fondos municipales Suplente Funcionario del Grupo A1 del Área 2 Economía (Tesorería).

Vocales

Titular Jefa de Servicio de Gobierno Interior y Personal. Suplente Funcionario del Grupo A1 del Área 1 Administración General. Vocal que asumirá las funciones de Secretario.

Titular Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Secretaria. Suplente Funcionario del Grupo A1 del Área 1 Administración General.

Funcionario nombrado a propuesta de la Comunidad Autónoma, titular y suplente, si ésta desea ejercitar esta facultad o en su defecto, funcionario del Grupo A1 de la Corporación.

Un funcionario de entre los que prestan servicios en la Diputación Provincial con habilitación de carácter nacional, debiendo nombrarse titular y suplente.

En todo caso, la pertenencia al órgano de selección lo será a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Aprobadas las bases específicas por acuerdo plenario de 14 de diciembre de 2020 con motivo de la aprobación provisional de los Presupuestos para el ejercicio 2021, así como plantilla y RPT, entre otros, acuerdo elevado a definitivo en sesión plenaria celebrada el 29 de enero de 2021.

Aprobada la convocatoria por Decreto de la Presidencia de fecha 8 de febrero de 2023.

TESORERÍA

PROVINCIA DE ÁVILA

Entidad Ayuntamiento de Arévalo.

Denominación y clase del puesto Tesorería.

Subescala y Categoría Intervención-Tesorería.

Nivel de Complemento de destino 26.

Población a 1 de enero de 2022 7.892 habitantes.

Cuantía del Complemento Específico 1.348,08€ mensual.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Realización de entrevista y previsión de gastos de desplazamiento No.

Puntuación mínima, sólo puede fijarse para puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional de Categoría Superior. Su fijación es optativa No.

Méritos Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación No.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/94, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 65 de 26 de agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Composición del Tribunal de valoración

Presidente

Un funcionario/a de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

Vocales

Un funcionario/a a propuesta de la Comunidad Autónoma.

Vocal Secretario/a Un funcionario/a con Habilitación de Carácter Nacional.

Aprobadas las bases específicas por resolución de fecha 6 de febrero de 2023.

Aprobada la convocatoria por resolución de fecha 6 de febrero de 2023.

SECRETARÍA-INTERVENCIÓN

PROVINCIA DE ÁVILA

Entidad / Agrupación y Provincia Diputación Provincial de Ávila.

Denominación y clase del Puesto SAT. Secretaría, Clase 3.ª.

Subescala y Categoría Secretaría-Intervención.

Nivel de Complemento de Destino 24.

Cuantía del Complemento Específico 17.764,32 euros/anual.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Entrevista y Previsión de gastos de desplazamiento No.

Méritos Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación

Experiencia profesional (1,5 puntos). Haber desempeñado el puesto de trabajo de secretario-interventor en servicios de Asistencia y Asesoramiento a Municipios en Diputaciones Provinciales, Cabildos o Consejos Insulares, o Comunidades Autónomas Uniprovinciales 0,15 puntos por cada mes de servicio hasta un máximo de 1,5 puntos.

Acreditación de méritos La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación de certificado de servicios prestados, expedido por la Entidad Local, en el que conste el tiempo de servicios prestados y el puesto desempeñado.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/94, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 165 de 26 de agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Composición del Tribunal de valoración

Presidente

D. Virgilio Maraña Gago, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría Superior. Secretario General de la Diputación Provincial de Ávila. Suplente D. José Miguel López del Barrio. Técnico de Administración General de la Diputación Provincial de Ávila. Jefe de Servicio de Secretaría General.

Vocales

D.ª María Luisa de Lamo Guerras, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada. Viceinterventora de la Diputación Provincial de Ávila. Suplente D. Patricia Sánchez Elices, Técnico de Administración General del Servicio de Servicios Sociales de la Diputación Provincial de Ávila.

D. Pedro González García, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior. Interventor de la Diputación Provincial de Ávila. Suplente D. ª María Lourdes Mateo Sanz, Técnico de Administración General del Servicio de Asistencia y Asesoramiento a Municipios.

D. Alejandro Segura Bermúdez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención. Secretario-Interventor del Servicio de Asesoramiento y Asistencia a Municipios de la Diputación Provincial de Avila. Suplente D. Héctor Costa Rodríguez, Técnico de Administración General de la Diputación Provincial de Ávila. Jefe de Servicio de Cooperación Económica y Local.

(Secretario del Tribunal) D. Diego Matas Sánchez, Técnico de Administración General del Servicio de Recursos Humanos de la Diputación Provincial de Ávila. Suplente D. ª Elena Martín Sánchez. Técnico de Administración General de la Diputación Provincial de Ávila. Jefa de Servicio de Recursos Humanos.

Aprobadas las bases específicas por el Pleno de la Diputación Provincial mediante acuerdo de fecha 30 de enero de 2023.

Aprobada la convocatoria por resolución de fecha 7 de febrero de 2023.

PROVINCIA DE LEÓN

Entidad / Agrupación y Provincia Ayuntamiento de Onzonilla.

Denominación y clase del Puesto Secretaria, Clase 3.ª

Subescala y Categoría Secretaría-Intervención.

Población a 31 de diciembre anterior 1924 habitantes.

Nivel de Complemento de Destino 26.

Cuantía del Complemento Específico 14.100,66 euros anual.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Mérito Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación No.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/94, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 165 de 26 de agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Realización de entrevista (optativa) y Previsión gastos de desplazamiento No.

Puntuación Mínima, sólo puede fijarse para puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional de Categoría Superior. Su fijación es optativa No.

Composición del Tribunal de valoración

Presidente

Un funcionario de carrera del grupo A1 designado por el Ayuntamiento.

Vocales

Un funcionario del grupo A1 a propuesta de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León, si esta desea ejercer esta faculta.

Secretario Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de igual o Superior Categoría que la del puesto convocado, designado por la Diputación Provincial de León.

Aprobadas las Bases Específicas de este concurso por el alcalde, mediante Resolución de fecha No hay bases específicas.

Aprobada la convocatoria por Decreto de la Presidencia de fecha 2 de febrero de 2023.

Entidad / Agrupación y Provincia Consejo Comarcal de El Bierzo (León).

Denominación y clase del puesto SAT. Secretaría, Clase 3ª.

Subescala y Categoría Secretaría-Intervención.

Población a 31 de diciembre anterior 119.827 habitantes.

Nivel de complemento de destino 28.

Cuantía complemento específico (en su caso) 2096,14€ mensual.

Complemento de productividad No.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Méritos específicos (optativos), valoración y medios de acreditación No.

Realización de entrevista y Previsión gastos de desplazamiento No.

Méritos profesionales, (hasta un máximo de 1,50 puntos)

Dadas las necesidades específicas, se establecen los siguientes méritos, hasta un máximo de 1,5 puntos, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional y el artículo 5 de la Orden del Ministerio de Administraciones públicas de 10 de agosto de 1994. Aprobados por Acuerdo de Pleno de 31 de enero de 2023.

Por servicios prestados por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en puestos de trabajo a ellos reservados en Consejos Comarcales se valorara con 0,10 puntos por cada mes de servicio hasta un máximo de 1,50 puntos.

La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación de certificado expedido por la Administración correspondiente, en original o fotocopia compulsada, de servicios prestados.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/94, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 165 de 26 de agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Composición del Tribunal de valoración

Presidente

Tesorera del Consejo Comarcal de El Bierzo (Funcionaria de Administración Local con habilitación de Carácter nacional). Suplente Funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocales

Funcionario A1 nombrado por la Junta de Castilla y León. Suplente designado por la Junta de Castilla y León Grupo A1.

Secretario Secretario-Interventor del SAT del Consejo Comarcal de El Bierzo (Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional). Suplente Funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Aprobadas las Bases Específicas de este concurso por Decreto de la Presidencia del Consejo Comarcal de El Bierzo de fecha 31 de enero de 2023.

Aprobada la convocatoria por Decreto de la Presidencia de fecha 31 de enero de 2023.

PROVINCIA DE PALENCIA

Entidad / Agrupación y Provincia Diputación Provincial de Palencia.

Denominación y clase del Puesto SAT. Secretaría. Clase 3ª. (Cervera de Pisuerga)

Subescala y Categoría Secretaría-Intervención.

Población a 31 de diciembre anterior 159.123.

Nivel de Complemento de Destino 25.

Cuantía del Complemento Específico (en su caso) 24.764,69 € anual.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Méritos Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación

Por servicios prestados en puestos de trabajo como funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala secretaría intervención, en municipios de los que formen parte entidades de ámbito territorial inferior al municipio (entidades locales menores), por cada mes de servicios 0,025 puntos, hasta un máximo de 1,5 puntos.

Acreditación Se valorarán los méritos que puedan reunir los aspirantes a la fecha de la Resolución de la Dirección de Administración Local por la que se publican las bases del concurso ordinario y convocatorias específicas y que sean alegadas por las personas que participen en el Concurso Ordinario.

Las personas que participen en el concurso acreditarán los méritos mediante la presentación de la documentación que se indica a continuación

Experiencia profesional. Se acreditará mediante original o mediante copia auténtica de certificado de la correspondiente Entidad Local, expedido por el Secretario/a y visado por el Alcalde/sa o Concejal/a Delegado/a en el caso de Ayuntamiento, y Presidente/a o Diputado/a Delegado en el caso de Diputación Provincial, en el que consten todos los extremos que han de ser tenidos en consideración para atribuir la valoración. Asimismo, se adjuntará certificación de servicios expedida por el órgano competente del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos que están incluidos en el Decreto 185/94, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 165 de 26 de agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Realización de entrevista (optativa) y Previsión gastos de desplazamiento No

Composición del Tribunal de valoración

Presidente

El Secretario General de la Diputación de Palencia, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocales

La Jefa del Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación de Palencia, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Un/a funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Diputación de Palencia.

Un funcionario/a de la Comunidad Autónoma perteneciente al Subgrupo A1.

La Adjunta a Secretaría General, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vocal Secretario.

Aprobadas las Bases Específicas de este Concurso por el Pleno, mediante Acuerdo de fecha 26 de enero de 2023.

Aprobada la convocatoria por Decreto de la Presidencia de fecha 27 de enero de 2023.

PROVINCIA DE VALLADOLID

Entidad / Agrupación y Provincia Diputación Provincial de Valladolid.

Denominación y clase del Puesto SAT. Secretaria, Clase 3ª, del Servicio de Asesoramiento a Municipios.

Subescala y Categoría Secretaría-Intervención.

Población a 31 de diciembre anterior 520.385 habitantes.

Nivel de Complemento de Destino 25.

Cuantía del Complemento Específico 1.221,75 euros mes.

¿Cubierto por titular que deba jubilarse dentro de los 6 meses posteriores a la convocatoria? No.

Realización de entrevista (optativa) y Previsión gastos de desplazamiento No.

Puntuación mínima, sólo puede fijarse para puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional de Categoría Superior. Su fijación es optativa No.

Mérito Específicos (optativos), valoración y medios de acreditación Puntuación Máxima 1,50 puntos.

Méritos específicos Teniendo en cuenta que las funciones atribuidas al puesto de trabajo se centran en los siguientes cometidos 1. Atención directa tanto presencial como telefónica, al personal y miembros de las entidades locales en diversas materias (entre otras, contratación, personal, organización, bienes, urbanismo); 2. asistencia directa en las funciones de Administración Local con habilitación de carácter nacional (funciones de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo y, de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y contabilidad, tesorería y recaudación; y 3. Participación en los tribunales y órganos de selección y mesas de contratación.

Y teniendo en cuenta que los méritos de determinación general y autonómica ya valoran suficientemente los cursos de formación, se valorará únicamente el haber desempeñado el puesto de trabajo de Secretaría-intervención en servicios dependientes de Diputaciones Provinciales o CCAA uniprovinciales de asistencia o asesoramiento a las corporaciones locales, por cada mes de servicio 0,125 puntos hasta un máximo de 1,50 puntos.

Acreditación La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación de certificado expedido por la Administración correspondiente, en original o fotocopia compulsada.

Méritos de determinación autonómica y acreditación de los mismos

Méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Se tendrán en cuenta aquellos méritos incluidos en el Decreto 185/94 de 25 de Agosto de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.º 165 de 26 de Agosto); la valoración y forma de acreditación de los mismos se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el mismo Decreto.

Composición del Tribunal de Valoración

Presidente

Un/a funcionario/a de la Diputación Provincial de Valladolid perteneciente al Subgrupo A1.

Vocales

Un funcionario del Grupo A1 a propuesta de la Junta de Castilla y León.

El Jefe del Servicio de Personal de la Diputación Provincial de Valladolid o funcionario de ese servicio.

El Jefe del Servicio, o funcionario del mismo, donde radique el puesto convocado.

Tres funcionarios de igual o Superior titulación a la exigida para los puestos convocados, uno de los cuales ejercerá las funciones de Secretario del Tribunal.

Observadores/as Una persona a propuesta de cada uno de los grupos políticos de la Diputación de Valladolid, más una persona a propuesta de la Junta de Personal, que en todo caso no formarán parte del Tribunal.

Aprobadas las Bases Específicas de este concurso por acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de enero de 2023.

Aprobada la convocatoria por acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de enero de 2023.