Resolución de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre acuerdos y resoluciones contrarios a reparos de Interventores locales de Cantabria


Resolución de 25 de febrero de 2019, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre los acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formalizados por los interventores locales de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, ejercicio 2016.

BOE 103/2019 de 30 de Abril de 2019

Esta Resolución acuerda asumir el contenido del Informe de fiscalización de las sociedades mercantiles del sector público local en desequilibrio financiero aprobado por el Tribunal de Cuentas que, entre otras disposiciones, y a la vista de las conclusiones a las que se llega en el mismo, establece una serie de recomendaciones dirigidas las entidades locales.

Entre estas recomendaciones cabe destacar la necesidad de evitar tanto la acumulación excesiva de funciones de intervención en un único puesto como el desempeño de funciones adicionales a las de control interno, que incrementen significativamente la carga de trabajo o que resulten incompatibles con las funciones ordinariamente asignadas a los órganos de Intervención.
Otra de las recomendaciones que cabe señalar propone que deberían regularse las funciones asignadas al órgano de Intervención, así como elaborarse manuales internos con los procedimientos para el desarrollo del control financiero y la fiscalización, al objeto de que pueda uniformarse su ejercicio, dotar de una mayor seguridad al personal interviniente y evitar que el cambio en los ocupantes de los puestos suponga una pérdida de homogeneidad y operatividad en la actuación.
También se dispone, entre las recomendaciones a destacar, que deberían establecerse procedimientos y habilitarse mecanismos internos que impulsen y garanticen el envío regular al Tribunal de Cuentas de los acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formulados por los Interventores locales, las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, ya que ha resultado especialmente bajo el cumplimiento de esta obligación en los ayuntamientos de menor población y en las entidades locales menores de Cantabria.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 25 de febrero de 2019, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre los acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formalizados por los interventores locales de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, ejercicio 2016, acuerda:

1. 

Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. 

Impulsar las medidas necesarias que aseguren una dotación de efectivos suficiente en los órganos de control interno de las entidades locales para que puedan llevarse a cabo de manera adecuada y suficiente tanto la función interventora como la del control financiero.

3. 

Instar al Gobierno a:

– Asumir las conclusiones y seguir todas las recomendaciones del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.

– Revisar la figura del reconocimiento extrajudicial de crédito en el marco normativo presupuestario actual, a efectos de que, en su caso, recojan este procedimiento en una norma con rango de ley y regulen los supuestos excepcionales en los que puede ser aplicado.

– Establecer las medidas necesarias para asegurar una dotación de efectivos suficiente en los órganos de control interno de las entidades locales, tanto de funcionarios de habilitación nacional, cuya selección corresponde a la Administración General del Estado.

– Establecer los mecanismos necesarios que aseguren la cobertura ordinaria y efectiva de los puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional.

– Tomar las medidas necesarias para regular las funciones asignadas al órgano de Intervención.

– En colaboración con las entidades locales, fortalecer los órganos de control interno de éstas para que puedan ejercer de manera adecuada y suficiente las funciones de intervención y control financiero.

4. 

Instar a los Gobiernos Locales a:

– Regular procedimientos internos para garantizar que los órganos de Intervención, en el cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 218 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, les remitan, en plazos razonables, el informe comprensivo de todas las resoluciones adoptadas por el Presidente de la entidad contrarias a los reparos efectuados, así como un resumen de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos.

Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de febrero de 2019.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.

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