¿Puede un ayuntamiento solicitar el embargo de una cuenta corriente de otra administración pública?


TS - 20/01/2023

Se interpuso recurso de casación contra la sentencia que anuló las diligencias de embargo de cuentas corrientes emitas por el ayuntamiento sobre cuentas de titularidad autonómica.

La cuestión estriba en determinar si una entidad local puede dictar diligencia de embargo, tras el correspondiente procedimiento ejecutivo, respecto del dinero de la cuenta corriente de otra Administración Pública, con el fin de cobrarse las deudas tributarias que esta mantiene con el ayuntamiento.

El TS considera que un ayuntamiento no puede embargar el dinero de las cuentas bancarias de otra Administración Pública al formar parte de sus recursos financieros, preordenados a fines de interés general y, por ende, inembargables.