IIVTNU. ¿Los gastos de urbanización forman parte del valor de adquisición de los terrenos para el cálculo del impuesto?


TS - 11/11/2020

Se interpuso recurso contra la liquidación del IIVTNU girada con motivo de la transmisión de unos terrenos cuyo precio de venta fue inferior al precio de adquisición.

La cuestión estriba en determinar si, para calcular la existencia de un incremento o de una disminución del valor de los terrenos, los gastos de urbanización deben considerarse como un mayor precio de adquisición o debe entenderse que incrementan el valor de los terrenos.

El TS considera que, para calcular la existencia de un incremento o de una disminución del valor de los terrenos en el IIVTNU, los gastos de urbanización asumidos por el sujeto pasivo del IIVTNU con posterioridad a su adquisición no constituyen el precio de adquisición de los terrenos.

En este caso concreto, si se excluyen los gastos de urbanización del valor de adquisición, el precio de venta es superior al precio de adquisición real de los terrenos. De este modo, se pone de manifiesto un incremento de que debe ser objeto de tributación.