TS - 28/09/2020
Se presentó recurso de casación contra la sentencia que confirmó la denegación de la autorización administrativa para establecer una hipoteca sobre la concesión de un aparcamiento público.
La sentencia recurrida consideró que la nueva hipoteca no guardaba relación con la concesión y no se adecuaba a lo dispuesto en el art. 255.1 de la Ley 13/2003 y art. 273.1 LCSP. Por el contrario, el concesionario alegó que las condiciones de la nueva hipoteca que se pretendía constituir sobre la concesión no suponía un perjuicio para la Administración, sino que constituía una mejora de las condiciones de financiación que facilitaban llevar a buen término la ejecución del contrato de concesión de obra. El TS señala que la autorización administrativa previa a la constitución de una hipoteca sobre la concesión tiene carácter reglado. De este modo, la administración debe limitarse a comprobar si se da o no esa necesaria relación de la obligación asegurada mediante la hipoteca con la concesión a la que se encuentra afecta. |
Por tanto, anula el acto administrativo impugnado y reconoce el derecho de la concesionaria para sustituir el préstamo con garantía hipotecaria.