AEPD 21/12/2021
Un particular interpuso reclamación contra un ayuntamiento por recibir una notificación dirigida a su persona que contenía los datos personales de otro ciudadano.
La AEPD considera probado que el ayuntamiento vulneró lo dispuesto en el art. 32 RGPD, al producirse un incidente de seguridad al notificar en una resolución al reclamante información y datos personales de un tercero.
Por ello, le impone una sanción de apercibimiento y le recomienda que implemente medidas que garanticen un correcto tratamiento de los datos.