TARC Central 24/07/2024
Se formula recurso por un licitador que, sin haber presentado oferta, impugna los criterios de adjudicación -concretamente su valor económico- de la licitación del servicio de vigilancia y salvamento en playas de un municipio.
Y el Tribunal señala, en primer lugar, que la legitimación del recurrente es ya de por sí cuestionable puesto que no justifica en qué modo las cláusulas impugnadas son nulas o le impiden presentar oferta en condiciones de igualdad.
No obstante lo anterior, el Tribunal señala igualmente que concurre un motivo determinante para la inadmisión del recurso, como es que el órgano de contratación desistió de la licitación del contrato, por lo que el recurso ha perdido de manera sobrevenida su objeto, ya que la resolución que acuerda el desistimiento produce efectos desde la fecha en la que se dicta y no es objeto de revisión.
Así, el desistimiento del órgano de contratación determina la pérdida sobrevenida de objeto del recurso y, en consecuencia, su inadmisión.