JEC 17/09/2020
Se planteó consulta sobre si los cargos electos de una Corporación Local pueden percibir subvenciones ofertadas por el propio ayuntamiento. |
La JEC no resuelve la cuestión porque considera que no es el órgano competente para pronunciarse en relación con las personas que pueden percibir subvenciones de una Administración Pública.
No corresponde a la Junta Electoral Central interpretar la Ley General de Subvenciones, aun cuando dicha ley se remita a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General a la hora de exceptuar las personas que no pueden ser beneficiarias de una subvención.
En relación con la segunda cuestión ya tuvo ocasión de recordar la Junta Electoral Central en su Acuerdo de 27 de septiembre de 2007, que tampoco corresponde a esta Junta interpretar la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; todo ello en la medida en que la Junta Electoral Central no es competente para resolver las cuestiones de régimen interno de las corporaciones locales ni revisar la legalidad de sus acuerdos.