¿Cabe la tramitación conjunta de un crédito extraordinario y de un suplemento de crédito?
Por el principio de economía procesal y dado que ambos tipos de modificaciones tienen el mismo procedimiento y trámite, pretendemos llevar un único expediente a pleno. La clave estaría en que realmente se están aprobando dos modificaciones presupuestarias diferentes, pero su trámite es conjunto.
No pretendemos hacer una sola modificación, sino dos, diferenciándolas claramente dentro del expediente. Pero un solo informe de secretaría, un solo informe de intervención, una sola memoria justificativa de la oportunidad y concreción, etc.
El problema es la votación. Suponemos que también se pueden votar conjuntamente, ¿o cabría su votación por separado en función de lo que decida el proponente o el alcalde?
Como establece el art. 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, aprobado por RDLeg 2/2004, de 5 de marzo:
El RD 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, por su parte desarrolla la regulación de ambas figuras en sus arts. 35 a 38.
Estas dos figuras son, por lo tanto, modificaciones presupuestarias de carácter cuantitativo y la diferencia entre ellas es que, mientras en el caso de los créditos extraordinarios se conceden con el objeto de cubrir unas obligaciones para las que no se había dotado ningún crédito, los suplementos de crédito incrementan créditos que sí habían sido dotados, pero de forma insuficiente. En lo demás, su tramitación es idéntica, por lo que no veríamos inconveniente legal alguno en tramitar conjuntamente en un único expediente un crédito extraordinario y un suplemento de crédito. La votación, al tratarse de un único expediente, lo lógico es que tuviera carácter conjunta.
1ª. No hay inconveniente en tramitar conjuntamente en un único expediente un crédito extraordinario y un suplemento de crédito.
2ª. Tratándose de un único expediente y de una única propuesta, lo lógico que la votación fuera única.