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2026

Tipo de contrato procedente para licitar el mantenimiento informático integral: ¿mixto o en lotes?


Planteamiento

La mancomunidad carece de personal informático y queremos hacer una licitación que incluya el mantenimiento de equipos de manera global o integral, de forma que se incluyan los paquetes Office para nuevos ordenadores, la puesta en funcionamiento de los mismos con sus periféricos, antivirus, renovación del firewall, medidas preventivas y correctivas, etc., es decir, que cubra todas las eventualidades necesarias para el funcionamiento de la entidad y que el personal pueda desarrollar adecuadamente sus funciones.

Algunas prestaciones suponen un servicio y otras un suministro. ¿Es factible englobarlo todo como un único contrato o, al menos, habría que hacer lotes?

Respuesta

En principio se podría configurar la prestación como un servicio integral, que llevaría suministros asociados, y, por lo tanto, en función de los suministros que fuesen necesarios y de su vinculación e importancia respecto al resto del contrato -la descripción incluida en el planteamiento no es suficiente para valorar si los suministros tienen la suficiente entidad- podría tratarse de un contrato mixto, dado que se cumple lo restablecido en el art. 34.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, que dispone que:

  • “Solo podrán fusionarse prestaciones correspondientes a diferentes contratos en un contrato mixto cuando esas prestaciones se encuentren directamente vinculadas entre sí y mantengan relaciones de complementariedad que exijan su consideración y tratamiento como una unidad funcional dirigida a la satisfacción de una determinada necesidad o a la consecución de un fin institucional propio de la entidad contratante”.

En este caso habría que determinar en el pliego de cláusulas administrativas particulares, cuál es la prestación principal para la adjudicación, según lo establecido en el art. 18.1.a) LCSP 2017, donde se indica, para el caso de contratos mixtos compuestos en parte por servicios y en parte por suministros, que el objeto principal será aquel que tenga el mayor de los valores estimados de los respectivos servicios o suministros, y para la ejecución, según lo establecido en el art. 122.2 LCSP 2017, se detallará el régimen jurídico aplicable a los efectos, cumplimiento y extinción, atendiendo a las normas aplicables a las diferentes prestaciones fusionadas en ellos.

Adicionalmente a lo anterior, es necesario tener en cuenta que la división de un contrato en lotes, según se establece en el art. 99.3 LCSP 2017, debe realizarse “siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan”, por lo que, en este caso, como aparentemente tal división es posible, se podría aprovechar la obligación de división del contrato en lotes, bien separando los contratos de servicios de los de suministros, sin necesidad de que en un solo lote se incluyan todos los servicios y en otro todos los suministros, pudiéndose organizar la división en diversos lotes homogéneos de servicios o suministros, o bien, atendiendo a las características del contrato, incluir algún o todos los lotes que engloben prestaciones de los dos tipos, según fuese más conveniente para dar solución a las necesidades aparecidas.

En cualquier caso, la contratación general sería la de un contrato mixto, existiendo lotes de servicios, de suministros o mixtos, debiendo tenerse en cuenta lo que se ha descrito en los párrafos anteriores para dichos contratos, pero, en los lotes homogéneos no sería necesario determinar prestación principal ni régimen jurídico en la ejecución, puesto que el contrato finalmente formalizado sería de servicios o de suministros.

En cualquier caso, se podría tratar la prestación descrita en el planteamiento como un solo expediente de contratación.

Conclusiones

1ª. Es posible configurar un solo expediente de contratación.

2ª. Ese expediente puede ser un solo contrato que, en función de la prestación a realizar podría ser un contrato mixto.

3ª. Dado que, aparentemente, es posible la división en lotes, debería realizarse, pudiendo hacerse dividiendo en unos lotes los servicios y en otro los suministros o, en función de la prestación a realizar, algún o todos los lotes podrían incluir prestaciones de los dos tipos.