feb
2025

¿Se pueden eliminar los datos personales de un autónomo obrantes en la plataforma de contratación?


Planteamiento

Una persona física, que fue autónomo en 2021 e hizo un contrato menor con nosotros, ¿se le pueden eliminar sus datos personales de la plataforma de contratación? No queda claro si deben permanecer los datos publicados en el listado durante un plazo de 5 años según la LCSP 2017.

En caso de no poder eliminar sus datos, ¿podemos anonimizarlos o modificarlos para que no se puedan identificar con su persona y así no afectar a su imagen personal y profesional?

Respuesta

El art. 63.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, dispone que:

  • “El acceso a la información del perfil de contratante será libre, no requiriendo identificación previa. No obstante, podrá requerirse esta para el acceso a servicios personalizados asociados al contenido del perfil de contratante tales como suscripciones, envío de alertas, comunicaciones electrónicas y envío de ofertas, entre otras. Toda la información contenida en los perfiles de contratante se publicará en formatos abiertos y reutilizables, y permanecerá accesible al público durante un periodo de tiempo no inferior a 5 años, sin perjuicio de que se permita el acceso a expedientes anteriores ante solicitudes de información.”

Asimismo, el art. 63.4 LCSP 2017, en referencia a la información a publicar de los contratos menores, indica que:

  • “La publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos trimestralmente. La información a publicar para este tipo de contratos será, al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad del adjudicatario.
  • Quedan exceptuados de la publicación a la que se refiere el párrafo anterior, aquellos contratos cuyo valor estimado fuera inferior a cinco mil euros, siempre que el sistema de pago utilizado por los poderes adjudicadores fuera el de anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores.”

Por lo tanto, la información relativa al contrato menor celebrado con la persona física (autónomo), debe permanecer accesible al público a través del perfil de contratante durante 5 años, al menos, no pudiendo eliminarse la identidad del adjudicatario (nombre y apellidos, aunque sí el NIF).

Conclusiones

1ª. La información relativa a los contratos menores a publicar en el perfil de contratante debe mantenerse accesible al público durante un periodo mínimo de cinco años (art. 63.1 LCSP 2017).

2ª. En el supuesto de un contrato menor celebrado con una persona física (autónomo) por la entidad local en 2021, debe mantenerse publicada la información relativa durante cinco años, al menos, no pudiendo eliminarse la identidad del adjudicatario (nombre y apellidos, aunque sí el NIF).