abr
2020

¿Puede el Ayuntamiento, con motivo del estado de alarma por coronavirus, aplicar parcialmente un permiso retribuido recuperable a su personal fuera del RD-ley 10/2020?


Planteamiento

En relación al estado de alarma, quisiera saber si el Ayuntamiento tiene potestad para aplicar un permiso retribuido recuperable, tanto por el total de la jornada como por la mitad, a su personal, fuera del RD-ley 10/2020. Por ejemplo, aplicar el teletrabajo al 50% de la jornada y el otro 50% pasarlo a una bolsa de horas a recuperar.

Respuesta

Teniendo en cuenta lo dispuesto en los arts. 1 y 2.1 del RD-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, a cuya lectura nos remitimos, esta norma solo contempla dos posibilidades:

  • - que se aplique el permiso retribuido recuperable; o
  • - que la actividad quede exceptuada del mismo, como es el caso que se plantea en la presente consulta.

Si se está aplicando el teletrabajo, el empleado que lo está realizando queda fuera del ámbito de aplicación del RD-ley 10/2020, por lo que no entendemos posible que el permiso quede fijado en el 50% de la jornada o cualquier otro porcentaje.

Es cierto que la Disp. Adic. 1ª faculta a las Entidades Locales “para dictar las instrucciones y resoluciones que sean necesarias para regular la prestación de servicios de los empleados públicos incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el objeto de mantener el funcionamiento de los servicios públicos que se consideren esenciales”, pero entendemos, con todas las cautelas posibles, que tales instrucciones lo son dentro de lo establecido en el RD-ley 10/2020, no para el desarrollo del mismo estableciendo permisos retribuidos recuperables parciales que la norma ni prevé, ni entendemos autoriza a fijar.

Conclusiones

1ª. El RD-ley 10/2020 solo contempla que se aplique el permiso retribuido recuperable o que la actividad quede exceptuada del mismo, como es el caso que nos ocupa: si se está aplicando el teletrabajo, el empleado que lo está realizando queda fuera del ámbito de aplicación del RD-ley 10/2020, por lo que no entendemos posible que el permiso quede fijado en el 50% de la jornada o cualquier otro porcentaje.

2ª. Aun cuando la Disp. Adic. 1ª RD-ley 10/2020 faculta a las Entidades Locales “para dictar las instrucciones y resoluciones que sean necesarias para regular la prestación de servicios de los empleados públicos incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el objeto de mantener el funcionamiento de los servicios públicos que se consideren esenciales”, a nuestro juicio, tales instrucciones lo son dentro de lo establecido en la propia norma, no para el desarrollo de la misma estableciendo permisos retribuidos recuperables parciales no previstos en la norma.