Se nos han concedido varias subvenciones con cargo al programa europeo LEADER. La convocatoria es plurianual, y, en nuestro caso, las actuaciones figuran subvencionadas con cargo al ejercicio presupuestario 2021. Todas nuestras actuaciones son de pequeño importe, con un plazo de ejecución claramente inferior al año, y está prevista su gestión contractual a través de la figura del contrato menor. Se pretende adelantar la ejecución de los contratos subvencionados, pero para contar con consignación presupuestaria suficiente necesitaríamos generar crédito por un importe igual al compromiso de aportación del programa europeo LEADER.
¿Puede generarse crédito y reconocer un derecho de cobro en el año 2019 con cargo a una resolución firme de subvención, aunque esa resolución de subvención señale que las actuaciones figuran subvencionadas en el año 2021?
De ser posible, y a la vista de que la subvención figuraría en los presupuestos de la administración concedente en el año 2021, ¿cómo afectaría esa generación al cálculo de la estabilidad presupuestaria? ¿Habría que hacer algún tipo de ajuste?
En el art. 181.a) del RDLeg 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, y con un contenido equivalente en el art. 43.1 del RD 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos, se establece lo siguiente:
El problema es que el “compromiso firme de aportación”, al incluido en la norma anterior, se refiere, en este caso, al ejercicio 2021 y no al ejercicio actual, por lo que la generación de crédito en el presupuesto de gastos debería aplicarse en el año 2021, tal y como se establece en el Modelo Normal de Contabilidad Local en vigor (Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local):
En consecuencia, si se generase el derecho de cobro en 2019 se incumplirían los dos requisitos:
1ª. El compromiso de aportación se refiere al ejercicio 2021, y no al ejercicio actual, con lo que si se reconoce el derecho de cobro en el ejercicio 2019 se incumpliría el criterio establecido en el Modelo Normal de Contabilidad Local en vigor.
2ª. En consecuencia, la aplicación del art. 181.a) TRLRHL al caso que se plantea en la consulta no sería posible.