abr
2025

¿Es posible la utilización del remanente de tesorería del ejercicio 2023 antes de aprobar la liquidación del ejercicio 2024?


Planteamiento

El ayuntamiento tiene un remanente de tesorería paga gastos generales en 2023 de 453.882 euros, aunque el resultado presupuestario de ese año fue -58.876, y se le quedó un pendiente de aplicar de 120.528.

¿Es posible, dado que existen problemas para tener partida en 2024, utilizar el remante de 2023 y hacer un expediente extrapresupuestario de crédito para aplicar los 120.528 de años anteriores y otro expediente de modificación de crédito extraordinario para aplicar las partidas pendientes de reconocer (algunas pagadas otras no) de 2024?

Todo ello, teniendo en cuenta que en la preliquidación 2024 el resultado es de unos 483.431 y el de remanente de tesorería 88.4915,72.

Respuesta

Actualmente en fase de liquidación del presupuesto de 2024 no es posible realizar ningún expediente presupuestario ni extrapresupuestario con el remanente de tesorería del ejercicio 2023, ya que este debió utilizarse durante el ejercicio 2024 y no durante el ejercicio 2025.

Hay que añadir además que el remanente de tesorería es una magnitud acumulativa, en el sentido de que refleja los resultados financieros acumulados a lo largo de los ejercicios económicos anteriores, siempre que no se hayan destinado a otros fines. De hecho, muchas entidades pueden utilizar remanentes acumulados como una reserva financiera para inversiones futuras o para cubrir déficits.

Por lo tanto, dicha magnitud se obtendrá de nuevo al aprobar la liquidación del ejercicio 2024, teniendo en cuenta que en el ejercicio 2025 las reglas fiscales están reactivadas. La reactivación de las reglas fiscales durante el ejercicio 2025 trae como consecuencia, que el destino del superávit presupuestario se debe destinar a la amortización de deuda por aplicación del art. 32 de la LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera -LOEPYSF-.

Así lo indica el documento elaborado por la Secretaria de Estado de Hacienda “Preguntas frecuentes sobre la aplicación de las reglas fiscales en 2025 y la evaluación de su cumplimiento en 2024 en relación con las entidades locales“.

Concretamente la cuestión 5, regula el destino del superávit presupuestario durante el ejercicio 2025.

Por lo tanto, habrá que esperar a los resultados de la liquidación del ejercicio 2024 para aplicar, en su caso, los gastos pendientes de aplicar al presupuesto y que se encuentran recogidos en la cuenta 413.

Conclusiones

1ª. En fase de liquidación del presupuesto de 2024 no es posible realizar ninguna expediente presupuestario ni extrapresupuestario con el remanente de tesorería del ejercicio 2023, ya que este debió utilizarse durante el ejercicio 2024 y no durante el ejercicio 2025.

2º. El remanente de tesorería es una magnitud acumulativa, que se obtendrá de nuevo al aprobar la liquidación del ejercicio 2024.

3ª. Su destino vendrá condicionado por la reactivación de las reglas fiscales en el ejercicio 2025.