mar
2025

¿Debe el ayuntamiento disponer de un plan estratégico de subvenciones?


Planteamiento

¿Es obligatorio que los municipios dispongan de una ordenanza de subvenciones o es suficiente con un plan estratégico de subvenciones?

Respuesta

La regulación en materia de subvenciones de aplicación a las entidades locales viene determinada básicamente por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-, y el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -RLGS-.

El art. 8 LGS, en relación a los principios generales de las subvenciones, dispone que: “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”; siendo el contenido del plan estratégico desarrollado por el art. 12 RLGS.

En coherencia con ello, la Sentencia del TS de 4 de diciembre de 2012 anuló las bases para la concesión de ayudas por ausencia de un previo plan estratégico de subvenciones en el que el órgano de la administración pública hubiera concretado los objetivos y efectos que se pretendían con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en él, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por tanto, la entidad local, para poder conceder subvenciones, debe contar con un plan estratégico de subvenciones.

Y, de otro lado, las subvenciones se conceden en base a unas normas que las regulan. El art. 17.2 LGS, que resulta también básico según la disp. final 1ª LGS, en cuanto a las bases reguladoras de la concesión de subvenciones reconoce que:

  • “2. Las bases reguladoras de las subvenciones de las corporaciones locales se deberán aprobar en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones.”

Por último, indicar que el art. 17.3 LGS detalla el contenido mínimo de las bases reguladoras de las subvenciones: definición del objeto, requisitos, condiciones de solvencia y eficacia, criterios objetivos de otorgamiento, etc, al que deberá estarse.

Conclusiones

1ª. Es requisito previo para la concesión de las subvenciones que la entidad tenga aprobado un plan estratégico de subvenciones.

2ª. Y, además, en las entidades locales las normas reguladoras de las subvenciones deben aprobarse en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones.