nov
2022

¿Cuál es el procedimiento de adjudicación para el arrendamiento de una vivienda municipal?


Planteamiento

Nos gustaría conocer el procedimiento de adjudicación para el arrendamiento de una vivienda municipal.

Respuesta

Para la gestión del patrimonio de los entes locales hemos de acudir a las previsiones que recoge la normativa estatal aplicable en materia de patrimonio de dichas entidades.

En ese sentido, si un ayuntamiento desea proceder al arrendamiento de un bien municipal para destinarlo a vivienda, vemos que en la referida normativa patrimonial de las Administraciones Públicas hemos de acudir a las escasas previsiones contenidas en el RD 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales -RBEL- (arts. 92 y 93), sin perjuicio de la aplicación supletoria (dado su no carácter básico) de las contempladas en los arts. 122 y ss de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas -LPAP-, que apenas contemplan aspectos que hagan mención a los efectos y extinción de esta clase de contratos privados, escasa regulación que obedece a que, tal y como lo señala el art. 26.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, en estas cuestiones se regirán por el Derecho Privado.

A tal efecto, el arrendamiento de la citada vivienda municipal debe remitirse a lo dispuesto en el art. 107.1 LPAP, de carácter básico, según lo previsto en la disp. final 2ª LPAP, que señala que:

  • “Los contratos para la explotación de los bienes y derechos patrimoniales se adjudicarán por concurso salvo que, por las peculiaridades del bien, la limitación de la demanda, la urgencia resultante de acontecimientos imprevisibles o la singularidad de la operación, proceda la adjudicación directa. Las circunstancias determinantes de la adjudicación directa deberán justificarse suficientemente en el expediente.”

Por tanto, vemos que la regla general para llevar a cabo la explotación en arrendamiento de una vivienda municipal implica la necesidad de tramitar un concurso. A estos efectos, puede resultar de utilidad el modelo de “Expediente para el arrendamiento de vivienda de titularidad municipal mediante su contraprestación en especie. Extremadura”.

Conclusiones

1ª. La regla general para llevar a cabo la explotación en arrendamiento de una vivienda municipal implica la necesidad de tramitar un concurso.

2ª. A estos efectos, puede resultar de utilidad el modelo de “Expediente para el arrendamiento de vivienda de titularidad municipal mediante su contraprestación en especie. Extremadura”.