Viabilidad de contratar prestaciones complementarias en un contrato formalizado conforme al TRLCSP


JCCA 01/10/2021

Se plantea consulta por un ayuntamiento respecto al régimen jurídico aplicable a la contratación en el momento actual de prestaciones complementarias a un contrato de servicios formalizado en el año 2008, preguntando sobre la posibilidad de hacer uso de la causa habilitante para la utilización del procedimiento negociado sin publicidad para contratar servicios complementarios del hoy derogado art. 158.b) TRLCSP.

La JCCA aclara que dicha opción no es posible toda vez que la causa habilitante del procedimiento negociado sin publicidad no está prevista y, por tanto, es incompatible con el régimen jurídico de contratación pública vigente.

No obstante, la JCCA entiende viable jurídicamente la modificación de un contrato adjudicado antes de la entrada en vigor de la LCSP 2017 cuando sea necesario añadir prestaciones adicionales a las contratadas inicialmente y el cambio de contratista no sea posible en los términos señalados en su art. 205, a pesar de tratarse de un contrato sometido a un régimen jurídico anterior en el que no se preveía esta causa de modificación de los contratos, si bien para ello es necesario que el contrato a modificar esté vigente y que concurran los requisitos establecidos en el apartado 1 y 2.a) del art. 205 mencionado.