COVID-19. Actualización de las medidas para los centros sociosanitarios andaluces


Orden de 14 de julio de 2021, por la que se actualizan las medidas sanitarias y preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros y servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

Vigente desde 15/07/2021 | BOJA Ext 63/2021 de 14 de Julio de 2021

La mejora de la situación de la pandemia en los centros sociosanitarios de Andalucía, en los que se ha completado gran parte de la vacunación, tanto residentes como trabajadores, hace que esta comunidad autónoma mantenga medidas sanitarias y de prevención para estos centros, actualizándolas a la nueva situación.

Se proponen medidas generales en el desarrollo de la intervención en centros residenciales y no residenciales de servicios sociales, como los supuestos obligatorios de utilización de la mascarilla y de realización de pruebas diagnósticas

Se establecen las condiciones en que debe elaborarse los planes de contingencia y actuación para la prevención de la epidemia y contenido de los mismos, contemplando la posibilidad de inspección e intervención de los centros residenciales por la autoridad sanitaria autonómica competente

Se recoge un plan de humanización y vida saludable para mejorar el bienestar emocional y la calidad de vida de las personas en situación de dependencia usuarias de estos centros, que contrarreste efectos negativos de la pandemia. Además, se disponen las normas sobre el régimen de visitas y salidas de los residentes.

Por último, se establecen medidas específicas para los centros de día, centros ocupacionales y otros centros no residenciales como los centros de atención infantil temprana, estableciendo, por ejemplo, la prohibición de acceso al centro a personas con síntomas compatibles con la enfermedad hasta que el diagnóstico sea negativo y a aquéllas que hayan estado en contacto con personas con síntomas clínicos compatibles con COVID-19, durante los 14 días previos al acceso al centro.  También se recogen medidas específicas para el servicio de atención en el domicilio.

Vigencia desde: 15-07-2021

CAPÍTULO I. 
MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES EN MATERIA SOCIOSANITARIA

Artículo 1. 
Ámbito de aplicación.

Artículo 2. 
Medidas generales en el desarrollo de la intervención en centros residenciales y no residenciales de servicios sociales

CAPÍTULO II. 
PLAN DE CONTINGENCIA Y ACTUACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA INFECCIÓN POR COVID-19 EN CENTROS SOCIOSANITARIOS

Artículo 3. 
Plan de Contingencia y Actuación para la Prevención de la infección por COVID-19 en centros sociosanitarios.

Artículo 4. 
Actuaciones y medidas ante ingresos y regresos a los centros residenciales.

Artículo 5. 
Inspección e intervención en centros residenciales.

CAPÍTULO III. 
PLAN DE HUMANIZACIÓN Y VIDA SALUDABLE, VISITAS Y SALIDAS EN CENTROS RESIDENCIALES

Artículo 6. 
Plan de humanización y vida saludable.

Artículo 7. 
Normas generales para las visitas.

Artículo 8. 
Normas generales para la realización de salidas.

Artículo 9. 
Adaptación de las salidas y visitas.

CAPÍTULO IV. 
ACTUACIONES ESPECÍFICAS PARA CENTROS DE DÍA, CENTROS OCUPACIONALES Y OTROS CENTROS NO RESIDENCIALES ASIMILADOS

Artículo 10. 
Funcionamiento de centros.

Artículo 11. 
Adaptación de las actividades.

Artículo 12. 
Prohibición de acceso al centro.

CAPÍTULO V. 
ACTUACIONES ESPECÍFICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

Artículo 13. 
Medidas preventivas en la prestación del servicio de ayuda a domicilio.

DISPOSICIONES FINALES 

Disposición final primera. 
Régimen sancionador.

Disposición final segunda. 
Eficacia.