Datos de la deuda viva de las Entidades Locales a 31 de diciembre de 2019
Redacción Derecho Local
La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales publica estos datos elaborados a partir de la información remitida por el Banco de España.
En cumplimiento de la obligación prevista en el apartado 2.g) del art. 18 de la Orden HAP 2105/2012, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales ha publicado los datos de la deuda viva de las Entidades Locales a 31 de diciembre del ejercicio anterior, tal y como dispone el Protocolo de Déficit Excesivo (Reglamento (CE) nº 479/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009).
Esta información se ha elaborado a partir de la información remitida por el Banco de España.
El resumen de la deuda en miles de euros es el siguiente:
Ayuntamientos | 18.970.845 |
Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares | 3.876.445 |
Entidades Locales Menores, Mancomunidades, etc. | 389.225 |
TOTAL | 23.236.515 |
Según se indica en el Informe emitido por el Ministerio la deuda viva a 31 de diciembre de 2019 de cada uno de los Ayuntamientos, Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos Insulares y resto de entidades locales incluidas en el art. 3.2 LRBRL, se ha obtenido de acuerdo a esta definición, partiendo de la información contenida en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) relativa al Subsector Local y al Inventario de Entes del Sector Público Local, teniendo en cuenta los siguientes ajustes y consideraciones:
- La información proporcionada por la CIRBE incluye deudas con entidades de crédito obligadas a declarar a dicha central de Información de riesgos. Las entidades de crédito que tienen dicha obligación son el Instituto de Crédito Oficial, bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sucursales en España de entidades de crédito extranjeras, sociedades de garantía recíproca y sociedades de reafianzamiento, Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, SA (SAREB), el Banco de España, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) (Circular 1/2013, de 24 de mayo, del Banco de España, sobre la Central de Información de Riesgos por la que se modifica la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, a las entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros).
- Conforme a la definición de deuda según el Protocolo de déficit excesivo (PDE), y teniendo en cuenta las categorías de activos del SEC 2010, para valorar la cuantía de la deuda se han considerado las siguientes operaciones de riesgo:
- Créditos financieros.
- Valores de renta fija.
- Productos devengados por activos dudosos.
- Operaciones de arrendamiento financiero. - Préstamos o créditos transferidos a terceros.
- Factoring sin recurso con inversión.
- Fondo de Financiación a Entidades Locales (incluye la deuda con el Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores)
- Asociaciones Publico Privadas (APP’s).
Por otra parte, la asignación de deuda para los Ayuntamientos, Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos insulares y resto de entidades locales incluidas en el artículo 3.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se ha efectuado mediante el cruce de la base de datos CIRBE con el Inventario de Entes del Sector Público Local (IESPL).
En el caso de la deuda viva a 31/12/2019 existe una diferencia de 0,59 millones de euros entre los datos publicados por el Ministerio de Hacienda y los datos publicados por el Banco de España, siendo superior en esa cuantía los datos publicados por este último.
La mayor parte de esta diferencia se debe básicamente a las diferencias existentes entre la sectorización utilizada por el Banco de España y la del Inventario de Entes del Sector Público Local. El reparto entre los distintos tipos de entidades del importe de 0,59 millones de euros es el siguiente: 1,63 millones de euros corresponden al resto de entidades locales para las cuales los datos publicados por el Banco de España superan en ese importe a los obtenidos por el Ministerio de Hacienda (de ahí el signo positivo de esta diferencia de conciliación); 0,48 millones de euros corresponden a las diputaciones, consejos y cabildos insulares y 0,56 millones corresponden a los ayuntamientos, grupos para los cuales los datos publicados por el Ministerio son superiores en estas cuantías a los del Banco de España (por ello estos importes de conciliación con los datos del Banco de España tienen signo negativo).