24 jun
2020

Nueva regulación del proceso de registro y publicación de convocatorias de ayudas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones


Redacción Derecho Local

Mediante Resolución de 15 de junio de 2020, la Intervención General de la Administración del Estado establece los pasos a seguir para registrar y publicar subvenciones en la BDNS.

En el BOE del día 24/06/2020 se ha publicado la Resolución de 15 de junio de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.

La Resolución tiene por objeto regular el registro de las convocatorias de subvenciones y ayudas públicas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS); el traslado, en su caso, de los extractos de las convocatorias a los diarios oficiales; y la publicación de las convocatorias en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (SNPSAP).

Es una consecuencia de la Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril, que  declaró la inconstitucionalidad de los términos «por conducto de la base de datos nacional de subvenciones» del art. 17.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y el inciso «La base de datos nacional de subvenciones dará traslado al diario oficial correspondiente del extracto de la convocatoria, para su publicación, que tendrá carácter gratuito» del art. 20.8.a) de la misma Ley, que no serán de aplicación a las Comunidades autónomas, sin perjuicio de su aplicación a las demás Administraciones sujetas a la LGS.

A la vista de este pronunciamiento, el RD 130/2019, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, ha recogido en el artículo 6.3 la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan optar por prescindir de la intermediación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).