17 ene
2020

El Tribunal de Cuentas modifica la Instrucción que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y su formato


Redacción Derecho Local

Las modificaciones en la Instrucción aprobada en 2015 son de aplicación a partir de la rendición de las Cuentas Generales de las Entidades Locales correspondientes al ejercicio 2019.

En el BOE del día 17/01/2020 se publica la Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019, por el que se modifica la Instrucción que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y el formato de dicha cuenta, a partir de la correspondiente al ejercicio 2015, aprobada por Acuerdo del Pleno de 26 de noviembre de 2015.

Esta reforma tiene como finalidad incluir, entre la documentación que acompaña a la Cuenta General que debe ser rendida anualmente, la relativa a los informes de auditoría de cuentas anuales de las entidades a que se refiere el art. 29.3.A) RD 424/2017, que hubieran sido aprobados antes de efectuar dicha rendición. Asimismo, entre la documentación que debe acompañar a la Cuenta General, se incluye también la correspondiente a los informes de auditoría referidos a aquellas entidades dependientes de la entidad local que, en virtud de la normativa mercantil, se encuentren sujetas a la obligación de someter a auditoría sus cuentas anuales.

Asimismo, el formato de envío, dentro de la documentación que debe acompañar a la Cuenta General, de la información estructurada debe ser conforme al formato «xml», en lugar del formato «pdf», concretamente en lo relativo a las cuentas anuales de las entidades sin fin de lucro incluidas en el ámbito de la Cuenta General de una entidad local.

Finalmente, se aprovecha la presente modificación de la Instrucción para actualizar las referencias normativas a diversas disposiciones que, en la actualidad, se encuentran derogadas.

Las modificaciones en la Instrucción aprobada en 2015 son de aplicación a partir de la rendición de las Cuentas Generales de las entidades locales correspondientes al ejercicio 2019.