Nuevos umbrales de adjudicación de contratos públicos para el bienio 2026-2027 en Navarra


Decreto Foral 133/2025, de 19 de noviembre, por el que se actualizan los umbrales europeos de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.

Vigente desde 01/01/2026 | BON 248/2025 de 15 de Diciembre de 2025

Con esta norma se acomodan las cuantías señaladas en LF 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, a los nuevos umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos establecidos para el bienio 2026-2027 por los Reglamentos Delegados (UE) 2025/2152 y (UE) 2025/2151, ambos de la Comisión, de fecha 22 de octubre de 2025, por los que se modifican las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

De este modo, la cantidad de 221.000 euros que figura en el art. 79.2 y en el art. 89.1.a) de la LF2/2018, queda sustituida por la de 216.000 euros.

Asimismo, la cantidad de 5.538.000 euros que figura en el art. 89.1.b) de la LF 2/2018 queda sustituida por la de 5.404.000 euros.

La presente norma entrará en vigor el día 1 de enero de 2026 o al día siguiente de su publicación, si ésta se produce con posterioridad a esa fecha.

Vigencia desde: 01-01-2026

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. 

Los Reglamentos Delegados (UE) 2025/2152 y (UE) 2025/2151, ambos de la Comisión, de fecha 22 de octubre de 2025, por los que se modifican las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, establecen los nuevos umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos, que quedan sometidos al ámbito de dicha directiva para el bienio 2026-2027 que serán los siguientes:

- 5.404.000 euros para los contratos de obras y concesiones de obra.

- 216.000 euros para los contratos de suministros, servicios y concesiones de servicios.

Si bien estas normas son de aplicación inmediata desde su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, razones de seguridad jurídica aconsejan acomodar el texto de la ley foral a la normativa europea.

La disposición adicional primera en su apartado 2.a) de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, autoriza al Gobierno de Navarra para que acomode las cuantías y plazos señalados en los artículos de la citada ley foral a lo que, sobre su importe y duración, se haya establecido por la Unión Europea.

En su virtud, a propuesta del consejero de Economía y Hacienda y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco,

DECRETO:

Artículo único. 
Umbrales europeos.

1. La cantidad de 221.000 euros que figura en el artículo 79.2 y en el apartado 1.a) del artículo 89 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, queda sustituida por la de 216.000 euros.

2. La cantidad de 5.538.000 euros que figura en el apartado 1.b) del artículo 89 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, queda sustituida por la de 5.404.000 euros.

DISPOSICIÓN FINAL 

Disposición Final Única. 
Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día 1 de enero de 2026 o al día siguiente de su publicación, si ésta se produce con posterioridad a esa fecha.

Pamplona, 19 de noviembre de 2025.

La presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite Navascués.

El consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti Pérez.