Apertura del procedimiento de adhesión a los Fondos de Financiación de las Entidades Locales para 2026
Redacción Derecho Local
Se procede a la apertura del procedimiento de adhesión y comunicación de necesidades financieras para su cobertura en 2025 mediante los compartimentos del Fondo de Financiación a Entidades Locales.
En el Boletín Oficial del Estado de 29 de julio de 2025 se publica la Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se da cumplimiento al art. 41.1.a) del RD-ley 17/2014, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.
Simultáneamente se publica en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales una Nota relativa a la apertura del procedimiento de adhesión y de comunicación de necesidades financieras para su cobertura en 2026 por los compartimentos del Fondo de Financiación a Entidades Locales (FFEELL): Fondo de Ordenación y Fondo de Impulso Económico.
La aplicación estará accesible hasta el día 19 de septiembre de 2025 a las 24:00 horas.
EL contenido de citada Resolución se concreta en:
- Se determina la relación de municipios que se encuentran incluidos en el ámbito subjetivo de aplicación del art. 39.1.a) del RD-ley 17/2014 por concurrir alguna de las situaciones establecidas en aquel precepto y es objeto de publicación en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda, hasta la finalización del plazo indicado en el art. 41.1.b) de la misma norma.
- Todos los municipios pueden consultar en la citada Oficina Virtual su inclusión en la relación citada mediante el acceso seguro y protegido, utilizando la identificación de sus respectivos usuario y contraseña, que tienen asignados para la remisión de la información financiera en aquella Oficina Virtual.
- En el plazo de un mes desde la publicación de la presente Resolución los municipios incluidos en aquella relación pueden remitir su solicitud de adhesión al Fondo de Ordenación para 2026, con arreglo a lo dispuesto en el art. 41.1.b) del mencionado RD-ley 17/2014, y para atender nuevas necesidades financieras de las incluidas en el art. 40.1 de esta misma norma, y en la disp. adic. 1ª de la LO 6/2015, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas y de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
- De acuerdo con lo dispuesto en el art. 32.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por esta Secretaría General se concede una ampliación del plazo anterior en 15 días adicionales, teniendo en cuenta las circunstancias y que no se perjudican derechos de terceros. El plazo de remisión, incluyendo esta ampliación, se comunicará a través de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales.
