Medidas urgentes de comprobación de la viabilidad de los campings afectados por riesgo de inundación en Cataluña


Decreto Ley 4/2025, de 18 de marzo, de medidas urgentes de comprobación de la viabilidad de los campings afectados por riesgo de inundación en Cataluña para garantizar la seguridad de las personas.

Vigente desde 21/03/2025 | DOGC 9375/2025 de 20 de Marzo de 2025

Esta norma regula el procedimiento de comprobación de la viabilidad de los campings existentes afectados por riesgo de inundación en Cataluña para garantizar la seguridad de las personas.

A dichos efectos, se considera que un camping está afectado por riesgo de inundación cuando se ubica en una zona inundable por un periodo de retorno de 500 años o en una zona susceptible de inundación por criterios geomorfológicos o en áreas susceptibles a una dinámica torrencial.

Dentro de este procedimiento, corresponde al ayuntamiento del municipio donde está ubicado el camping:

- la ejecución de las medidas provisionales acordadas por la Comisión de Gobierno de Campings;

- realizar, en su caso, alegaciones a la propuesta que haga la Comisión Técnica de Campings;

- en caso de que se acuerde el cese definitivo de la actividad, el ayuntamiento debe ejecutarlo en un plazo máximo de quince días hábiles.

Vigencia desde: 21-03-2025

Exposición de motivos 

I. 
Estatuto de autonomía y competencias de la Generalitat de Catalunya

II. 
Campings ubicados en zonas de riesgo de inundación y emergencia climática y marco normativo

III. 
Concurrencia de los presupuestos de hecho que acreditan la necesidad extraordinaria y urgente de aprobar el Decreto ley y congruencia de las medidas con la situación que hay que superar

IV. 
Cumplimiento de los requisitos exigidos por el Tribunal Constitucional y el Consejo de Garantías Estatutarias en cuanto a los aspectos habilitadores y a los límites materiales para aprobar el Decreto ley

V. 
Contenido del Decreto ley

CAPÍTULO I. 
Disposiciones generales

Artículo 1. 
Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2. 
Comisión Técnica de Campings

Artículo 3. 
Comisión de Gobierno de Campings

CAPÍTULO II. 
Procedimiento de comprobación de la viabilidad de los campings afectados por riesgo de inundación en Cataluña para garantizar la seguridad de las personas

Artículo 4. 
Inicio del procedimiento

Artículo 5. 
Tramitación del procedimiento

Artículo 6. 
Medidas provisionales

Artículo 7. 
Propuesta de acuerdo de la Comisión Técnica de Campings

Artículo 8. 
Resolución del procedimiento

Artículo 9. 
Imprescriptibilidad de las acciones

CAPÍTULO III. 
Preceptos sobre los actos adoptados en el procedimiento de comprobación de la viabilidad de los campings afectados por riesgo de inundación en Cataluña para garantizar la seguridad de las personas y su ejecución

Artículo 10. 
No afectación de la titularidad dominical

Artículo 11. 
Carácter no indemnizable

Artículo 12. 
Seguimiento del cumplimiento de los acuerdos

Artículo 13. 
Potestades administrativas y medios y actuaciones de ejecución

DISPOSICIONES ADICIONALES 

Disposición Adicional Primera. 
Actuaciones de las personas titulares de las actividades de camping

Disposición Adicional Segunda. 
Medidas de fomento, de apoyo y de colaboración y agilización administrativa

Disposición Adicional Tercera. 
Medidas para asegurar la ejecución del Decreto ley y dotación de recursos humanos y medios económicos y técnicos

DISPOSICIÓN DEROGATORIA 

Disposición Derogatoria. 

DISPOSICIONES FINALES 

Disposición Final Primera. 
Carácter temporal de la Comisión de Gobierno de Campings y la Comisión Técnica de Campings

Disposición Final Segunda. 
Entrada en vigor