mar
2024

Presupuesto municipal: cálculo de desviaciones positivas y negativas de financiación del ejercicio y las acumuladas


Planteamiento

Se duda de cómo calcular las desviaciones de financiación positivas y negativas del ejercicio y las acumuladas con los siguientes datos:

- presupuesto de obra 150.000 euros

- concesión de subvención 150.000 euros en 2022 con anticipo 109304,51 en 2022.

- en 2022 se hizo generación de crédito por 150.000 euros y se incorporaron 150.000 euros como RTGFA en 2023.

- en 2023 se han tenido obligaciones ADOP por 149.942,74 euros

Respuesta

En el documento número 8 de los Principios Contables Públicos, específicamente en su apartado segundo, se establece la definición de "Gasto con Financiación Afectada". Esta categoría incluye aquellos gastos presupuestarios que, debido a su naturaleza particular o a condiciones específicas, o como resultado de acuerdos entre la entidad encargada de su ejecución y otras entidades públicas o privadas, se financian total o parcialmente con recursos específicos. Estos recursos, en caso de no ejecutarse el gasto, no podrían ser obtenidos o, de haber sido recibidos, deberían aplicarse a financiar otros gastos de similar índole o, en su caso, ser devueltos a quienes los proporcionaron.

En el contexto de las entidades locales, la regulación de los gastos con financiación afectada (GAFA) se encuentra en las Reglas 25 a 29 de la instrucción del modelo normal de contabilidad local (ICN), establecida por la Orden HAP/1781/2013 del 20 de septiembre, y en las Reglas 26 a 30 de la Instrucción del Modelo Simplificado de Contabilidad Local -ICS-, según la Orden HAP/1782/2013 de la misma fecha. Estas reglas abordan aspectos como la definición, estructura, seguimiento y control contable de los GAFA, así como el cálculo del coeficiente de financiación y su posible desviación.

Según estas instrucciones, un GAFA se refiere a cualquier iniciativa de gasto financiada total o parcialmente por medios específicos que, de no llevarse a cabo el gasto, no se recibirían o, en caso de haber sido recibidos, deberían ser restituidos.

Es importante recordar que un proyecto de gasto constituye una unidad de gasto presupuestario claramente identificable, ya sea en términos generales o específicos, que se realiza con cargo a créditos de una o varias aplicaciones presupuestarias y puede extenderse a más de un ejercicio presupuestario.

Una vez establecido el concepto de GAFA, surge la pregunta sobre la naturaleza de los ingresos específicos afectados. En el ámbito local, estos pueden derivar de dos situaciones:

1. Aquellos ingresos que la propia Entidad local decide afectar, condicionados a que "por su naturaleza o condiciones específicas, tengan una relación objetiva y directa con el gasto a financiar". Esto se aplica principalmente a los "créditos ampliables", regulados en el art. 178 del RDLeg 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-.

2. Ingresos afectados por la ley, que incluyen:

- Contribuciones especiales, destinadas exclusivamente a cubrir gastos de la obra o servicio que las motiva.

- Subvenciones finalistas.

- Operaciones de crédito a largo plazo.

- Ingresos procedentes de la enajenación o gravamen de bienes y derechos patrimoniales.

- Ingresos del patrimonio municipal del suelo.

- Cargas de urbanización.

Conforme a lo establecido en la regla 27 de la instrucción del modelo normal de contabilidad local y la regla 28 de la instrucción del modelo simplificado de contabilidad local, se requiere un riguroso seguimiento y control de los gastos con financiación afectada (GAFA). Este proceso de seguimiento y control se llevará a cabo mediante el sistema de información contable y abarcará todas las operaciones de gestión presupuestaria relacionadas con los GAFA durante su período de ejecución, que puede comprender uno o varios ejercicios. Es esencial correlacionar adecuadamente la realización de los gastos con los ingresos específicos que los financian. Este procedimiento debe garantizar el cumplimiento de varios objetivos clave:

  • cumplimiento de condiciones económico-presupuestarias: se debe asegurar que la ejecución de cada gasto con financiación afectada se realice en su totalidad, cumpliendo las condiciones acordadas para la obtención de los recursos afectados. Esto implica una gestión eficiente y conforme a las especificaciones establecidas en los acuerdos de financiación.
  • cálculo de desviaciones en la financiación: al liquidar los presupuestos afectados por los gastos con financiación afectada, es crucial calcular las desviaciones de financiación que puedan surgir. Estas desviaciones pueden deberse a desfases en el ritmo de ejecución tanto del gasto como de los ingresos específicos que los financian, independientemente de su origen.
  • control de la ejecución presupuestaria: se debe mantener un control exhaustivo sobre la ejecución presupuestaria de cada GAFA, tanto en lo que respecta al gasto en sí como a los ingresos afectados. Este control permitirá detectar posibles anomalías o desviaciones en la ejecución presupuestaria y tomar las medidas correctivas necesarias de manera oportuna.

La desviación de financiación se entiende como la diferencia que surge entre los ingresos presupuestarios efectivamente reconocidos en un período específico, destinados a un gasto con financiación afectada, y aquellos ingresos que, en teoría, deberían haberse reconocido en ese mismo período, suponiendo que la ejecución de los ingresos afectados se hubiera desarrollado de manera proporcional y equilibrada con la realización del gasto presupuestario correspondiente.

En esencia, esta desviación refleja un desajuste entre el ritmo de los ingresos previstos para un determinado gasto y la velocidad a la que realmente se ejecuta dicho gasto. Este concepto es clave para garantizar que los ingresos específicos destinados a financiar un gasto se utilizan de forma efectiva y en consonancia con el progreso del gasto en sí. La correcta monitorización y gestión de estas desviaciones son fundamentales para mantener la integridad y eficiencia de la gestión presupuestaria en las entidades que manejan gastos con financiación afectada.

La desviación de financiación, aplicada a cada gasto que cuenta con financiación afectada, se determina calculando la diferencia entre dos cantidades clave. Por un lado, se toman los derechos reconocidos netos generados por los ingresos afectados. Por otro, se calcula el producto del coeficiente de financiación por el total de las obligaciones reconocidas netas. Ambas cantidades deben estar referidas al mismo periodo considerado.

La desviación de financiación podrá tomar un valor positivo si DRN > (ORN * CF) o, por el contrario, negativo si DRN < (ORN * CF).

Una desviación positiva significará que hemos recibido más recursos de los que corresponden a la ejecución de los gastos durante ese ejercicio.

Una desviación negativa significa por el contrario que hemos recibido menos recursos de los que corresponden al gasto ejecutado en ese ejercicio.

En el supuesto consultado, la entidad local recibe una subvención que cubre el 100% del coste de la actuación, por lo que su coeficiente de financiación será uno.

Entendemos que durante el año 2022 se han reconocido derechos por el 100% del total de la subvención (ya que se indica que se incorporó la totalidad del gasto previsto al ejercicio siguiente financiándolo íntegramente con cargo al remanente de tesorería para gastos con financiación afectada).

Las obligaciones reconocidas han sido cero durante el ejercicio.

En consecuencia, en la liquidación de 2022, se presentará una desviación de financiación positiva de 150.000 euros, coincidente con la desviación acumulada. El remanente de tesorería para gastos generales sufrirá un ajuste negativo por dicho importe (exceso de financiación afectada) e igual ajuste sufre el resultado presupuestario del ejercicio.

En el año 2023 tendremos:

  • Derechos reconocidos del ejercicio: 0
  • Obligaciones reconocidas del ejercicio: 149.942,74 euros
  • Desviación de financiación del ejercicio: -149.942,74 euros.

El resultado presupuestario sufrirá un ajuste positivo de 149.942,74 euros

  • Desviación acumulada: 150.000 – 149.942,74 = 57,26 euros.

Habrá que realizar un ajuste negativo en el cálculo del remanente de tesorería para gastos generales.

Conclusiones

1ª. es necesaria una gestión precisa y equilibrada entre los ingresos específicos y los gastos correspondientes en el caso de los gastos con financiación afectada (GAFA). La desviación de financiación, ya sea positiva o negativa, indica la importancia de esta correlación. Una desviación positiva muestra un exceso de financiación en relación con el gasto realizado, mientras que una desviación negativa revela una financiación insuficiente para los gastos incurridos. Este equilibrio es crucial para asegurar que los recursos se utilicen eficientemente y de acuerdo con las condiciones establecidas.

2ª.  La gestión de los GAFA no solo implica el seguimiento del gasto y la financiación, sino también la realización de ajustes necesarios en la contabilidad y el presupuesto de la entidad local. Como se ilustra en el supuesto consultado, las desviaciones en la financiación pueden llevar a ajustes tanto en el remanente de tesorería para gastos generales como en el resultado presupuestario. Estos ajustes son fundamentales para reflejar adecuadamente la situación financiera real de la entidad y para garantizar la transparencia y la responsabilidad en la gestión de los fondos públicos.