Regulación de los pactos territoriales por la ocupación y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunidad Valenciana


Decreto 235/2022, de 30 de diciembre, del Consell, por el cual se regulan la adopción y el reconocimiento de los pactos territoriales por la ocupación y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunitat Valenciana, y se crea su registro.

Vigente desde 12/01/2023 | DOGV 9509/2023 de 11 de Enero de 2023

Esta norma fomenta los pactos territoriales como instrumentos que garanticen un crecimiento de empleo de calidad y un desarrollo local sostenible a través de la concertación territorial.

Así mismo, pretende dar publicidad y transparencia mediante la creación de un registro autonómico que sirva también para simplificar en el futuro la documentación administrativa de acceso a las ayudas públicas por parte de los pactos territoriales.

La norma es de aplicación a las entidades que manifiesten su voluntad de impulsar un pacto mediante la concertación territorial entre administraciones locales, organizaciones sindicales y empresariales que tengan la condición legal de más representativas en la Comunitat Valenciana y, en su caso, otros agentes institucionales y actores relevantes y arraigados en el territorio para el desarrollo socioeconómico sostenible, en sus relaciones con LABORA y otros departamentos del Consell de la Generalitat.

Los agentes de empleo y desarrollo local que presten servicios en las corporaciones locales integradas en el pacto territorial, para cuya contratación o mantenimiento se haya obtenido subvención, han de participar de manera activa en los pactos dentro del ámbito de sus funciones, de acuerdo con las previsiones que puedan establecer las correspondientes convocatorias de ayudas dirigidas a financiar dicha contratación.

Antes del 11 de julio de 2023 los pactos ya existentes deben solicitar su inscripción en el Registro de pactos territoriales por el empleo y desarrollo local participativo y sostenible de la Comunitat Valenciana y ofrecer previamente la participación a aquellos municipios del ámbito de actuación que todavía no formen parte del mismo, haciendo constar esta circunstancia en el documento de solicitud de inscripción en el registro.